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  • El tribunal evidencia su ignorancia de las "técnicas precisas" que utilizó el ciberdelincuente para cometer el fraude

El sencillo e inofensivo gesto de facilitar nuestro DNI a través de una llamada comercial puede provocar que nos veamos inmersos, sin esperarlo, en una estafa relacionada con criptomonedas.

Esto es lo que le ocurrió, según detalla una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, a un ciudadano con domicilio en la capital española. La resolución, de 6 de febrero de 2025, detalla que, a inicios del año 2023, el hombre recibió una llamada de una persona que decía ser un empleado de su entidad bancaria, el Banco de Santander, anunciándole que se había detectado un acceso fraudulento a su cuenta bancaria. Para solucionar tal incidente, el supuesto profesional bancario le pidió su DNI y su número de teléfono en una llamada que tan solo duró 15 minutos.

Horas después, la víctima recibió un aviso de un cargo fraudulento por importe de 325 euros realizado en la FNAC de Barcelona que, tras las averiguaciones oportunas, resultó que dicha operación obedecía a la compra de bitcoin realizada por un sujeto con domicilio en Barcelona.

Consecuencia de ello, la víctima denunció lo ocurrido y el asunto terminó judicializándose. Así, en junio de 2023, el Juzgado de Instrucción n.º 7 de Madrid condenó al ciberdelincuente como responsable en concepto de autor de un delito leve de estafa a la pena de multa de 180 euros y a indemnizar al perjudicado en la cuantía total defraudada.

La representación del denunciado recurrió en apelación, pero la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado su recurso.

"En el caso descrito, resulta muy llamativo que el Tribunal de apelación reconozca el desconocimiento absoluto de cómo ejecutó el ciberdelincuente la maniobra fraudulenta y, pese a ello, ratifique su responsabilidad", explica Fran Peláez, socio director de PenalTech, un despacho de abogados especializado en delitos informáticos. En particular, según el literal de la resolución, "el hecho de que la Juez de instancia ignore, como ignoramos todos, las técnicas precisas que el autor empleó para realizar la operación en concreto, no impide afirmar que nos hallamos ante una estafa", reconoce la Sala.

El abogado experto en delitos informáticos recuerda que los bancos nunca solicitan información confidencial a través de una simple llamada telefónica. "Debemos sospechar siempre del supuesto gestor bancario que utiliza canales no seguros, como llamadas telefónicas, correos electrónicos o mensajes de texto, para requerirnos información personal. Su tono apremiante para hacerte reaccionar rápido o el hecho de que te alerte de que se ha detectado un cargo sospechoso en tu cuenta, pueden ser otros indicios de que estás siendo víctima de una estafa informática", concluye Peláez.