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El delito de receptación es uno de los tipos penales más frecuentes en los procedimientos contra el patrimonio en España, según los datos publicados por la Fiscalía General del Estado. Cada año miles de personas son investigadas por adquirir, recibir u ocultar bienes procedentes de un delito previo, sin haber participado en la sustracción original. La pena es de prisión de seis meses a dos años en el tipo básico, pero puede elevarse considerablemente en función del valor de los efectos y de las circunstancias del caso.

Como abogado penalista, lo que veo a menudo es que los clientes confunden la receptación con el blanqueo de capitales o con el simple encubrimiento. Son tres figuras distintas, con elementos típicos diferentes y penas también diferentes. Aquí tienes la explicación completa, con artículos del Código Penal, requisitos jurisprudenciales y ejemplos reales del procedimiento

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