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La entrada en vigor el pasado 27 de junio del artículo 5 del Decret llei 5/2025, de 25 de marzo, [cuándo 27 de marzo /27 de junio] por el que se adoptan medidas urgentes en medida fiscal, de gasto de personal y otras medidas administrativas, en adelante Decret llei 5/2025, ha generado importantes dudas de interpretación y alcance en relación a lo que debería entenderse como “gran tenedor” por las importantes consecuencias fiscales para los contribuyentes que se derivarían de quedar incluidos en dicho concepto.

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