Nuevo régimen funcionarial: el insoportable estancamiento de la estructura de la Administración de Justicia
Adrián Gómez Linacero, Letrado Administracion Justicia de Madrid
El debate político en casi cualquier asunto de interés general lleva lustros sumido en una etapa de decadencia intelectual y falta de altura de miras, en gran parte por la progresiva devaluación de los sistemas de educación, cada vez más alejados de las máximas de la excelencia, apreciándose además un descenso notable de la participación ciudadana en la res pública que permite a los núcleos de poder organizados (la ley de hierro de la que nos hablaba Michels) consolidar sus redes.
A lo anterior se suman las corrientes de corrección en el pensamiento público que necrosan el espíritu crítico indisociable de la evolución social y el progreso de la humanidad.
No hay reflexiones profundas de nuestro sistema político, educativo, judicial, social o económico, sino mera sociedad del espectáculo (Guy Debord) y discursos plagados de significantes vacíos (Laclau).
Un fiel exponente de ese estado de las cosas son los debates que se producen en torno a la estructura de nuestro sistema judicial, funcionamiento y efectividad, ahora en la palestra, tras la LO 1/2025, de 2 de enero.
Recientemente, además, se han cruzado opiniones distintas, en este y otros medios, sobre la transferencia de la competencia sobre los LAJ a las Comunidades Autónomas.
No corresponde examinar aquí en detalle tan delicada cuestión, aunque el cambio propuesto, o el mantenimiento del estatus actual del cuerpo, no tienen especial trascendencia, al implicar en realidad un mero cambio de nombre (o mantenimiento) en el responsable superior de los LAJ (del Ministerio de Justicia a una Consejería).
La opinión pública, al menos la avanzada, en justicia, y en otros servicios o derechos centrales del ciudadano (sanidad, seguridad ciudadana o educación), no debe tener temor en proclamar abiertamente lo que es un clamor en determinados foros: el Estado debe recuperar y centralizar competencias en materias vertebrales para la sociedad en garantía de la igualdad de los ciudadanos (ideal inherente al Estado liberal y social de Derecho y pilar histórico del pensamiento progresista). Nada que no hagan los países más desarrollados (v.gr., Francia, entre otros).
Ello evitaría además el exceso presupuestario para nutrir a todos los organismos y asesores (con la propensión endémica a la corrupción de este país) y la duplicidad de instituciones. De modo particular, en justicia, tal recuperación de competencias frenaría el caos organizativo y la falta de liderazgo que existe por la fragmentación de las competencias en la materia (CGPJ, Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas y Tribunales Superiores de Justicia)
Necesidad de un amplio análisis
Este planteamiento se inserta en el marco de un dilatado análisis jurídico, técnico, político y financiero crítico y profundo (sustraído de todo fanatismo político) sobre el funcionamiento del Estado de las Autonomías y el impacto real que ha tenido la delegación de competencias en determinadas materias (para la sociedad y la economía, no para los gobernantes, que han obtenido elevado rédito de este sistema).
Una de las mayores tragedias humanas de la historia de España, la DANA, fue consecuencia, entre otros factores, junto a mezquinas rivalidades políticas, de una desastrosa cooperación entre instituciones de diferente nivel territorial y orgánico.
Ello demuestra que cuantos más organismos implicados en la gestión y administración de una materia menor eficacia, mayor probabilidad corrupción, más gasto y superior desajuste funcional.
En cualquier caso, y aceptada o no esta premisa, para algunos una quimera (por existir grupos de interés asentados que rechazan reformular el modelo), y por ir de lo general a lo particular, en esa línea de pensamiento crítico (constructivo) lo cierto es que nuestro sistema funcionarial judicial (y el de la Administración Pública en general) lleva tiempo anquilosado en una estructura burocrática decimonónica con un entramado organizativo que presenta disfunciones operativas y de diseño que exigen una reorganización de base.
Los niveles de rendimiento, eficacia y productividad en la función pública (menos la recaudatoria) son deficitarios y adolecen de vicios muy arraigados que precisan una política legislativa estadista, decidida y enfocada en el largo plazo para adaptar la estructura funcionarial a las exigencias de una sociedad moderna, evitando el atrincheramiento (ya anunciado hace décadas por el socialdemócrata Giddens) al que conducen las inercias del actual sistema mediante fórmulas que incentiven el talento y el rendimiento.
A lo anterior debe sumarse la inaplazable necesidad de implantar con solidez formas de automatización de trámites e inteligencia artificial responsable en la toma de decisiones de fácil predeterminación, abaratando tiempo y costes, y mejorar en muchos casos la objetividad de la decisión (las máquinas, en muchos campos, son más fiables que la siempre discrecional voluntad humana).
Necesidad de diálogo transversal
Para abordar con éxito este desiderátum debería debatirse con seriedad, diálogo con las organizaciones sindicales y operadores jurídicos y datos empíricos de respaldo en torno a los siguientes planteamientos centrales:
- Establecimiento de un sistema de rendición de cuentas en la función pública mediante revisiones o evaluaciones periódicas objetivas de los funcionarios de justicia (todos, sin excepción, incluidos los del grupo A1).
- Formación cualificada estratégica sobre nuevas tecnologías y herramientas de gestión procesal
- Implantación de un sistema de carrera profesional en la Administración de Justicia y estándares de productividad a través de los cuales pueda incentivarse la efectividad, premiando a los más capaces y aplicados para evitar la igualación a la baja a la que propende nuestro desfasado modelo vigente.
- Fijación de un sistema de elección por méritos objetivo para la selección de los Directores de los Servicios Comunes, con delimitación de su mandato a cuatro años (o el tiempo que proceda) y especificación de sus competencias (facultad para unificar criterios procesales). De los Directores de los Servicios Comunes depende el éxito de los Tribunales de Instancia. No podemos permitirnos que sean un coladero de los mejores relacionados, sino la élite del Cuerpo.
- Responsabilidad individual de los funcionarios (de todos, sin excepción) por la negligencia en sus actuaciones, suprimiendo el actual régimen de responsabilidad patrimonial del Estado. Al final, el temor a la sanción actúa de prevención fomentando una dedicación recta en el puesto de trabajo. La función pública debería asemejarse a la privada en muchos aspectos.
- Diseño eficaz de las bolsas de interinos, permitiendo mayor flexibilidad para hacer eficaces los principios de mérito y capacidad, sin que se atenga como único criterio al orden de prelación cronológico en la bolsa, y con mayor peso del Letrado Judicial en la determinación del personal interino.
- Dotación a los Letrados de la Administración de Justicia de verdaderas facultades directivas sobre los funcionarios de la Oficina Judicial.
- Mayor inversión en justicia, uno de los Ministerios peor tratados por los presupuestos del Estado. Si la justicia es eficaz y segura hay mayor inversión privada, desarrollo económico y progreso social. Los países más avanzados son los que tienen una justicia mejor preparada y fluida.
