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El desarrollo de una aplicación o programa informático genera, desde el punto de vista jurídico, derechos de autor sobre el software creado. En el ordenamiento jurídico español, los programas informáticos se consideran creaciones intelectuales y quedan protegidos por la Ley 1/1996, de Propiedad Intelectual, siempre que se trate de obras originales y no de simples reproducciones de software preexistente.

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