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Con la llegada del verano, miles de familias recurren a la financiación para hacer frente al coste de las vacaciones. Reservas de hoteles, billetes de avión o gastos de última hora se pagan cada vez con mayor frecuencia mediante tarjetas que permiten aplazar el pago en cómodas cuotas mensuales. Sin embargo, lo que inicialmente parece una solución para disfrutar de unos días de descanso puede terminar convirtiéndose en una deuda que se prolongue durante años

El problema se encuentra, en muchos casos, en las conocidas como tarjetas revolving. A diferencia de un préstamo convencional, este tipo de financiación funciona mediante cuotas mensuales reducidas que, en numerosas ocasiones, apenas amortizan el capital pendiente. Como consecuencia, una parte importante de cada recibo se destina al pago de intereses, haciendo que la deuda continúe prácticamente intacta durante largos periodos y que el consumidor acabe pagando mucho más de lo que inicialmente financió.

Precisamente por ello, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo fijó doctrina el pasado año sobre este tipo de productos financieros mediante las Sentencias 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, recordando que las entidades financieras deben facilitar al consumidor una información clara y suficiente para que comprenda el funcionamiento real del sistema de amortización, el efecto de las cuotas reducidas y el riesgo económico que asume antes de contratar este tipo de tarjetas.

Desde Unive Abogados aseguran que las tarjetas revolving se han convertido en una de las reclamaciones financieras más habituales que llegan al despacho. Según explican sus especialistas, es frecuente encontrarse con consumidores que llevan años abonando puntualmente las cuotas de su tarjeta sin entender por qué la deuda apenas disminuye o incluso continúa prácticamente igual que el primer día.

"Muchos clientes llegan convencidos de que contrataron una simple tarjeta para pagar a plazos unas vacaciones, una reforma o cualquier gasto imprevisto. Sin embargo, cuando revisamos la documentación descubrimos que desconocían completamente cómo funcionaba el sistema revolving y el coste real que podía llegar a tener esa financiación", explican desde el despacho.

A juicio de la firma, el verdadero problema no reside únicamente en el tipo de interés aplicado, sino en la falta de transparencia con la que, en muchos casos, se comercializaron estos productos. "El consumidor debe poder entender, antes de firmar, cuánto puede llegar a pagar realmente, cómo evolucionará la deuda y qué consecuencias tiene elegir cuotas muy reducidas. Si esa información no se facilita de forma clara y comprensible, difícilmente puede hablarse de un consentimiento plenamente informado", señalan.

Por ello, el despacho recomienda que, antes de financiar las vacaciones mediante una tarjeta de este tipo, se revisen detenidamente las condiciones del contrato, la TAE aplicable, el sistema de amortización y el coste total del crédito. Asimismo, quienes lleven tiempo pagando una tarjeta revolving y observen que la deuda apenas disminuye deberían solicitar una revisión de su contrato para comprobar si la entidad cumplió con las obligaciones de información y transparencia exigidas por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

"Las vacaciones deberían dejar recuerdos, no deudas que se prolonguen durante años. La mejor forma de proteger al consumidor es que conozca exactamente qué está contratando antes de firmar", concluyen.