JUC


  • La Plaza nº 6 de la Sección de los Civil e Instrucción del Tribunal de Instancia de Palencia ha dictado una sentencia inédita en la provincia al condenar a un abogado por incurrir en responsabilidad extracontractual derivada de un abuso de derecho en el ejercicio de su actividad profesional.
  • La resolución obliga al letrado a indemnizar con 10.490,51 euros a la entidad financiera 4Finance Spain Financial Services S.A.U., además de abonar los intereses legales y las costas del procedimiento.

La jueza María del Sol González Encinas considera probado que el abogado demandado presentó múltiples demandas independientes contra la entidad financiera, pese a que todas ellas podían haberse acumulado en un único procedimiento, lo que habría reducido de forma significativa los costes procesales. Esta conducta, señala la sentencia, vulnera el principio de buena fe procesal y constituye un ejercicio antisocial del derecho.

Una estrategia procesal considerada abusiva

El litigio tiene su origen en once contratos de préstamo suscritos por distintos clientes con 4Finance. El abogado, en lugar de acumular las pretensiones en un solo procedimiento —algo posible dada la escasa cuantía de los préstamos y la homogeneidad de las reclamaciones— interpuso nueve demandas separadas ante distintos juzgados de Palencia. 

"no haber acumulado las diversas pretensiones en un mismo procedimiento, cuando se pudo haber hecho, supone una actuación contraria a las exigencias que impone el principio de buena fe que proclama el art. 7.1 CC"

La jueza recuerda en la sentencia de de 7 de enero que la Audiencia Provincial de Palencia ya había advertido en resoluciones anteriores, con las mismas partes implicadas, que esta práctica supone una actuación contraria a la buena fe y un abuso de derecho orientado a obtener pronunciamientos favorables en costas.

La sentencia subraya que el letrado “sobrepasó manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho”, generando un perjuicio económico directo a la entidad financiera, que tuvo que asumir gastos de defensa innecesarios.

Un daño acreditado mediante informe pericial

Para cuantificar el perjuicio, el juzgado se apoya en un informe pericial económico que compara el coste real asumido por 4Finance en los distintos procedimientos con el coste que habría tenido un único proceso acumulado.

El perito concluye que la diferencia asciende a 10.490,51 euros, cifra que la jueza considera acreditada y directamente vinculada a la actuación del abogado demandado.

El juzgado destaca que el profesional, como letrado, tenía la obligación de actuar conforme a las reglas de la buena fe procesal y que su conducta, orientada a multiplicar procedimientos, generó un daño que debe ser reparado.

Condena por responsabilidad extracontractual

La sentencia aplica el artículo 1902 del Código Civil, que regula la responsabilidad extracontractual, y concluye que concurren todos los elementos exigidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo: acción ilícita, daño acreditado, culpa y nexo causal.

Por ello, condena al abogado a indemnizar a la entidad financiera con la cantidad reclamada, más intereses legales, y le impone las costas del procedimiento.

Recurso de apelación

La resolución no es firme. El abogado condenado puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Palencia en el plazo de veinte días. No obstante, el recurso carece de efectos suspensivos, por lo que la sentencia mantiene su eficacia mientras se tramita la impugnación.