JUC


Que la persona que denuncia un delito sexual cambie su versión en el juicio y afirme que mintió parece, a primera vista, el final del caso: sin víctima que sostenga la acusación, no debería haber condena. Sin embargo, el Tribunal Supremo acaba de recordar que la realidad procesal es más compleja. En su sentencia 414/2026, la Sala Segunda ha desestimado el recurso de un hombre condenado por abusos sexuales a una menor que pedía la absolución precisamente porque la víctima se retractó en el plenario. La condena de cuatro años de prisión queda firme.

El fallo interesa a cualquiera que afronte —como acusado o como perjudicado— un proceso en el que el testimonio central se tambalea. Explica con precisión por qué la retractación de una víctima no equivale automáticamente a una absolución, y qué filtro aplica el tribunal para decidir a qué declaración da valor.

VER POST