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Bilbao, 6 mar (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Bizkaia que condenó a once años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su expareja tras sorprenderla mientras dormía en su domicilio, al que accedió sin su consentimiento

En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV rechaza el recurso interpuesto por el acusado contra la sentencia de la Audiencia de Bizkaia que le condenó como autor de un delito de allanamiento de morada, en concurso con un delito de agresión sexual con acceso carnal, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco.

La Audiencia vizcaína mantuvo que los hechos declarados probados mostraban "un ataque a la libertad sexual de la víctima (…) impuesto con violencia e intimidación en el marco de una ruptura no deseada".

En su resolución, valoró "la declaración sin fisuras, contradicciones o ambigüedades" de la mujer y los "relevantes indicadores periféricos" que apoyaron su versión.

Por su parte, el acusado alegó ante el TSJPV que el relato de la mujer no fue "consistente" y que no existió corroboración periférica, entre otras cuestiones, pero el alto tribunal ha desestimado esas alegaciones en su sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Para el TSJPV, el testimonio de la víctima es "consistente y racional" y la inferencia probatoria alcanzada por la Audiencia vizcaína "está razonada suficientemente".