PenalTech - Abogados Penalistas en Delitos Informáticos y Derecho Tecnológico
Francisco José Peláez Ortiz
Fran Peláez. Abogado y socio director de PenalTech.
Muchas víctimas solo toman conciencia del engaño cuando el animal nunca llega y el dinero ya ha desaparecido
La compra de animales de compañía a través de internet se ha convertido en una práctica cada vez más habitual. Redes sociales, páginas web especializadas y plataformas de anuncios facilitan el contacto entre supuestos criadores y futuros propietarios. Sin embargo, esta aparente comodidad es también el caldo de cultivo perfecto para estafas informáticas que aprovechan la carga emocional de quien busca incorporar una mascota a su familia.
Un ejemplo especialmente ilustrativo lo encontramos en la reciente sentencia 401/2025, de 1 de diciembre, dictada por la Audiencia Provincial de Santander, que confirma la condena por un delito de estafa cometido mediante la simulación de una venta de un cachorro a través de internet
El caso pone de manifiesto cómo una operación aparentemente sencilla puede esconder una conducta penalmente relevante. En concreto, en este supuesto, la acusada ofertó falsamente la venta de un perro a través de una página web (www.nosinmascota.com). La víctima, confiando en la apariencia de legitimidad del anuncio y en las conversaciones mantenidas, realizó un primer pago de 280 euros en concepto de reserva y, posteriormente, un segundo ingreso de 350 euros para formalizar la adquisición definitiva del animal. En total, transfirió 630 euros a una cuenta bancaria indicada por la vendedora. Sin embargo, el perro nunca fue entregado y, cuando se le solicitaron nuevos pagos para supuestos gastos adicionales, la perjudicada sospechó del engaño y denunció los hechos ante la Policía Nacional.
La Audiencia Provincial considera probado que nunca existió intención real de vender ni entregar el animal, y que toda la operación fue una mera artimaña para obtener un beneficio económico ilícito. Resulta especialmente relevante que el tribunal destaque la retirada inmediata del dinero de la cuenta bancaria y la inexistencia de cualquier prueba de un negocio real. Estos elementos permiten acreditar el engaño y el ánimo de lucro exigidos por el tipo penal.
Desde el punto de vista jurídico, este tipo de conductas encajan plenamente en el delito de estafa previsto en el artículo 248 del Código Penal. Concurre un engaño bastante, idóneo para provocar error en la víctima; un acto de disposición patrimonial, materializado en las transferencias bancarias; y un perjuicio económico claro. Además, la sentencia subraya un aspecto esencial en los delitos cometidos en entornos digitales: no es imprescindible que el condenado haya publicado personalmente el anuncio o mantenido las conversaciones con la víctima. Basta con que su intervención sea necesaria para la consumación del fraude, como ocurre cuando se facilita una cuenta bancaria propia para recibir los pagos y se dispone del dinero obtenido.
Este tipo de estafas presenta riesgos específicos que conviene conocer. Es frecuente la existencia de falsos criadores o intermediarios que utilizan fotografías robadas, anuncios atractivos y un lenguaje cercano para generar confianza. A ello se suma la exigencia de pagos anticipados por reservas, transportes o supuestos gastos veterinarios, así como la presión emocional para que la víctima actúe con rapidez y no "pierda" la oportunidad de adquirir el animal. La dificultad para verificar la identidad real del vendedor y el uso de medios de pago fácilmente vaciables completan el escenario de riesgo.
Como demuestra el caso aquí analizado, una vez realizado el pago, la víctima suele quedarse sin el animal y sin una recuperación inmediata del dinero. Por ello, resulta fundamental extremar las precauciones, desconfiar de ofertas poco claras, exigir documentación verificable y evitar cualquier pago anticipado sin garantías suficientes.
Cuando el fraude ya se ha producido, es esencial denunciar cuanto antes y conservar justificantes bancarios, mensajes y cualquier dato que permita identificar a los responsables. La jurisprudencia demuestra que estos delitos pueden ser investigados y sancionados penalmente, incluso cuando se desarrollan íntegramente en el entorno digital. En PenalTech, como despacho de abogados especializado en delitos informáticos, insistimos: detrás de una supuesta venta de mascotas puede esconderse una estafa con consecuencias penales graves, y la prevención y el asesoramiento especializado son claves para la protección de las víctimas.