Arturo Ortiz Hernandez.
Ajm abogados
Últimamente me encuentro en la institucion de mediación que presido AOH Mediadores, con una escena cada vez más frecuente: una parte acude a la sesión inicial y, nada más empezar, anuncia que su abogado le ha dicho que no hable, que diga no a todo que no firme nada, que no haga ninguna propuesta y que solo está allí para “cumplir el trámite”.
El problema es que, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, esa forma de actuar puede ser un error procesal serio.
La mediación no obliga a alcanzar un acuerdo. Tampoco obliga a permanecer indefinidamente en el procedimiento. La propia Ley 5/2012 deja claro que nadie está obligado a mantenerse en la mediación ni a concluir un acuerdo. Pero una cosa es no llegar a un pacto y otra muy distinta es acudir vaciando de contenido el intento negociador desde el primer minuto. La diferencia puede acabar siendo importante en costas.
La clave está en cómo se combinan tres normas: el artículo 17 de la Ley 5/2012, el deber de buena fe en los MASC y el nuevo artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El artículo 17 de la Ley de Mediación ya no regula una simple sesión informativa decorativa. Habla de sesión inicial. Y exige que las partes manifiesten el objeto de la controversia para que el intento de mediación pueda considerarse suficiente como requisito de procedibilidad. Además, el mediador debe expedir, si se le solicita, un documento en el que consten la identidad de las partes, el objeto de la controversia, la fecha de la sesión y, especialmente, la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe en el proceso.
Aquí aparece el problema práctico.
Muchos mediadores tienen pudor a escribir que una parte no ha actuado de buena fe. Y ese pudor es comprensible. El mediador no es juez, no dicta sentencia, no condena en costas y no debe convertirse en un testigo de cargo de una parte contra la otra. Además, la mediación está protegida por el principio de confidencialidad, salvo excepciones concretas.
Pero ese pudor no puede llevar al mediador a certificar algo que no ha ocurrido.
Si una parte acude, escucha, identifica el conflicto y manifiesta que no desea continuar, eso puede ser perfectamente legítimo. No hay obligación de pactar. Pero si una parte se niega a identificarse adecuadamente, se niega a concretar el objeto de la controversia, se niega a firmar el acta, impide cualquier mínima exposición o afirma expresamente que no participa porque su estrategia es bloquear el trámite, el mediador no debería emitir una declaración solemne de buena fe como si todo hubiera transcurrido con normalidad.
No se trata de que el mediador califique jurídicamente la conducta como “mala fe procesal”. Esa valoración corresponderá al juez. Lo correcto es que el mediador recoja hechos objetivos: asistencia, inasistencia, negativa a firmar, negativa a manifestar posición alguna, negativa a continuar, rechazo expreso de la mediación o imposibilidad de emitir una declaración conjunta de buena fe.
Una fórmula prudente podría ser:
“Comparecen las partes citadas. Se informa del objeto, naturaleza y efectos de la sesión inicial de mediación. La parte D./D.ª ______ manifiesta que no desea realizar exposición alguna sobre el objeto de la controversia ni continuar el proceso de mediación, negándose igualmente a firmar el acta. Por tal motivo, no puede emitirse declaración solemne de intervención de buena fe de todas las partes, haciéndose constar dicha circunstancia a los efectos legales oportunos.”
Esa redacción no invade la función judicial. No acusa. No prejuzga. No revela propuestas confidenciales. Simplemente documenta lo ocurrido.
Y ahí entra el artículo 394 LEC.
La regla general sigue siendo el vencimiento: quien pierde paga las costas, salvo dudas de hecho o de derecho. Pero la reforma introduce un matiz decisivo: cuando el MASC sea preceptivo, no habrá pronunciamiento de costas a favor de la parte que haya rehusado expresamente o por actos concluyentes, y sin justa causa, participar en un medio adecuado de solución de controversias al que hubiera sido efectivamente convocada.
Es decir, una parte puede ganar el pleito y, aun así, quedarse sin costas si antes bloqueó injustificadamente el MASC.
Y en caso de estimación parcial, el nuevo artículo 394.2 LEC permite incluso condenar en costas a quien no acudió sin causa justificada a un MASC preceptivo, mediante decisión motivada. La reforma rompe así la comodidad clásica de pensar que en una estimación parcial “normalmente no hay costas”. Ahora la conducta previa también cuenta.
Además, el artículo 394.4 LEC protege a la parte que sí intentó negociar: si la parte requerida para iniciar una actividad negociadora previa rehusó intervenir, la parte requirente queda exenta de la condena en costas, salvo que se aprecie abuso del servicio público de Justicia.
Por tanto, el acta o certificado de la sesión inicial no es un papel sin importancia. Puede ser la pieza que permita al juzgado valorar después si hubo colaboración real, negativa injustificada o abuso del servicio público de Justicia.
La conclusión es clara: el MASC no obliga a rendirse, no obliga a ceder y no obliga a aceptar una mala propuesta. Pero sí exige una mínima conducta leal. Acudir a mediación para no decir nada, no firmar nada y no permitir siquiera que conste el objeto del conflicto no es una estrategia procesal inteligente. Puede ser justo lo contrario: la prueba documental de que una parte no quiso cumplir seriamente el requisito previo.
Y los abogados debemos tener cuidado con el consejo que damos. Decirle al cliente “ve, pero no hables solo dí no o no firmes nada” puede parecer prudente. En realidad, puede estar dejándole sin costas si gana, o exponiéndole a una condena si el resultado judicial no le favorece plenamente.
La mediación no obliga a pactar. Pero sí obliga a actuar de buena fe.
Y a partir de ahora, esa buena fe puede tener consecuencias económicas muy concretas.