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Mucho cuidado con despedir a un empleado que acude al comité de empresa o a un sindicato para defender sus intereses: el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acaba de dictar una sentencia en la que confirma la nulidad del despido de un trabajador que presentó una reclamación ante el presidente del Comité de empresa por el incumplimiento de sus condiciones laborales, con el fin de que intermediara con la empresa. La sentencia asegura que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del trabajador, desde la perspectiva de la garantía de indemnidad, tras constatar que su despido estuvo motivado por la reclamación presentada ante el Comité de empresa.

Se trata de una cuestión que plantea dudas y prueba de ello es la existencia de un voto particular que discrepa con respecto a este criterio. 

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