JUC


Vivimos en un mundo marcado por conflictos, guerras, catástrofes naturales y situaciones de profunda incertidumbre. Sin embargo, cuando hablamos de trauma solemos pensar únicamente en las consecuencias de haber sido víctima de un delito o de haber sufrido directamente un acto de violencia. Y esta mirada resulta demasiado limitada. El daño puede aparecer también cuando una persona pierde su hogar en un incendio, vive una situación de inseguridad prolongada, experimenta el miedo ante un conflicto social o se siente abandonada por las instituciones cuando más necesita de ellas.

Y es que el trauma no siempre nace de un delito, puede surgir de una pérdida, de una catástrofe, de una situación de exclusión o de la sensación de que nadie escucha lo que está ocurriendo. Y, cuando aparece, las personas no necesitan únicamente recursos materiales o respuestas administrativas. Necesitan ser escuchadas, poder expresar lo que han vivido, compartir sus miedos y sus necesidades y, sobre todo, comprobar que existen personas e instituciones dispuestas a acompañarlas y a hacer algo para aliviar las consecuencias del daño.

Esta cuestión resulta especialmente relevante ante situaciones como las catástrofes naturales o determinados conflictos sociales que afectan profundamente a una comunidad. Lo sucedido en Ceuta constituye, en este sentido, una llamada de atención sobre la necesidad de escuchar las historias, los miedos y las necesidades de quienes viven una situación de estas características. Cuando las personas sienten que sus preocupaciones son ignoradas, que su sufrimiento se minimiza o que nadie asume responsabilidad por lo que están viviendo, el daño puede profundizarse y el conflicto puede escalar.

No pretendo hacer aquí una crítica dirigida a un partido político concreto. La reflexión es mucho más amplia y, precisamente por ello, también nos interpela como ciudadanos. ¿Qué esperamos de quienes tienen responsabilidades públicas? ¿Es suficiente con gestionar una situación desde la distancia, aplicar protocolos y adoptar decisiones administrativas? ¿O esperamos también humanidad, capacidad de escucha, empatía y voluntad de acompañar a quienes están sufriendo? Estas preguntas nos llevan directamente a la justicia restaurativa. No porque todo conflicto pueda resolverse mediante una práctica restaurativa ni porque debamos convertir cualquier situación de daño en un proceso formal de justicia restaurativa, sino porque sus principios nos ofrecen una manera diferente de mirar la realidad: poner a las personas en el centro, reconocer el daño, escuchar las necesidades y asumir responsabilidades. Y quizá sea precisamente aquí donde debamos ampliar nuestra mirada. La justicia restaurativa nació y se desarrolló fundamentalmente vinculada al ámbito penal, pero sus valores tienen un potencial mucho mayor.

Porque somos seres relacionales, podemos dañar y ser dañados en nuestras relaciones cotidianas y también podemos sufrir daños que no proceden de un delito, que no tienen una persona ofensora identificable y que, sin embargo, necesitan ser escuchados, acompañados y, en la medida de lo posible, reparados.

Por eso, hablar de justicia restaurativa también puede significar hablar de comunidad, de prevención, de responsabilidad institucional y, en definitiva, de una determinada manera de entender cómo queremos relacionarnos como sociedad.

JUSTICIA RESTAURATIVA COMO MOVIMIENTO SOCIAL Y FORMA DE VIDA

En numerosas ocasiones he señalado que la justicia restaurativa surgió y se desarrolló fundamentalmente en el ámbito penal como una forma de devolver la voz a quienes han sufrido un daño, reconocer sus necesidades y favorecer que la persona ofensora comprenda las consecuencias de sus actos y asuma responsabilidad por ellos. Sin embargo, limitar la justicia restaurativa al delito supone reducir considerablemente su potencial. Somos seres relacionales y, precisamente por ello, podemos dañar y ser dañados en nuestras relaciones cotidianas. Además, existen daños que no constituyen delitos y que ni siquiera tienen detrás a una persona concreta a la que podamos identificar como responsable. Las catástrofes naturales, determinadas situaciones de exclusión social o algunos conflictos comunitarios son buenos ejemplos de ello.

Que un daño no sea consecuencia de un delito no significa que deje de ser un daño. Y que no exista una persona ofensora claramente identificable no significa que desaparezcan las necesidades de quienes lo han sufrido. También en estas situaciones necesitamos escuchar, acompañar, prevenir y, cuando sea posible, reparar. Desde esta perspectiva adquiere especial importancia un enfoque restaurativo que no sea únicamente reparador, sino también preventivo y sanador. Esta es una de las ideas que desarrollo en mi libro El futuro de la justicia restaurativa, cuando la justicia escucha, a través de la propuesta de los espacios restaurativos de primer y segundo nivel.

Los espacios restaurativos de primer nivel tendrían como finalidad ofrecer lugares y momentos en los que las personas pudieran visibilizar sus historias de daño, compartir sus experiencias y expresar sus necesidades, aunque aquello que han vivido no constituya un delito. Se trataría de generar espacios seguros de escucha y reconocimiento para situaciones que, aunque en muchas ocasiones permanecen invisibles, pueden tener un impacto profundo en la vida cotidiana: la soledad no deseada, el estigma y la discriminación, los conflictos relacionados con el racismo o el género, el edadismo, determinadas situaciones de exclusión o las consecuencias emocionales y sociales de una catástrofe natural.

La función de estos espacios sería fundamentalmente preventiva, pero también comunitaria. Compartir nuestras historias nos permite comprender que no estamos solos, favorece la empatía y puede contribuir a reconstruir vínculos debilitados. Una comunidad que dispone de espacios para hablar de sus daños y conflictos está mejor preparada para identificar las causas de estos, prevenir su escalada y responder colectivamente cuando aparecen. Pero escuchar no siempre es suficiente. Las personas que han sufrido un daño necesitan comprobar que sus necesidades son tenidas en consideración y que existen personas, instituciones o estructuras capaces de actuar para mejorar su situación. Por ello, junto a los espacios restaurativos de primer nivel, serían necesarios espacios restaurativos de segundo nivel, orientados a generar respuestas concretas y a promover procesos de reparación y transformación. Y aquí aparece una cuestión especialmente interesante: ¿quién debe reparar cuando el daño no ha sido causado por una persona física concreta?

En estos supuestos, la responsabilidad no desaparece; se transforma. Puede corresponder a las instituciones, a las administraciones públicas, a las organizaciones o al propio sistema, en función de las circunstancias. No se trata necesariamente de atribuir culpabilidad por un hecho imprevisible, sino de reconocer que, cuando existe un daño social y existen capacidades institucionales para prevenirlo, reducirlo o atender sus consecuencias, también existe una responsabilidad de respuesta. Es precisamente en este punto donde considero necesario ampliar nuestra concepción de la justicia restaurativa. No podemos entenderla únicamente como un paradigma de justicia aplicable al ámbito penal o como un conjunto de prácticas destinadas a facilitar encuentros entre víctimas y personas ofensores. La justicia restaurativa puede ser también una filosofía de vida y un movimiento social basado en una determinada manera de entender nuestras relaciones: reconocer el daño, escuchar las necesidades, asumir responsabilidades y buscar respuestas que permitan reconstruir aquello que se ha deteriorado. Entendida como movimiento social, la justicia restaurativa también nos interpela como ciudadanos. Nos invita a reclamar cambios estructurales cuando determinadas formas de organización generan o reproducen daños, pero también a exigir instituciones capaces de responder de manera más humana ante las situaciones de sufrimiento. No se trata de cuestionar la necesidad de normas, procedimientos o estructuras institucionales, sino de recordar que detrás de todas ellas existen personas y que ninguna institución debería perder de vista para quién existe.

Por eso, quienes ejercen responsabilidades públicas o desarrollan su trabajo en contacto directo con otras personas deberían incorporar una perspectiva restaurativa a su forma de actuar.

No todos tendrán que convertirse en facilitadores de justicia restaurativa, pero sí deberían estar preparados para escuchar, reconocer necesidades, acompañar, facilitar la participación y, cuando corresponda, asumir la responsabilidad que tienen para mejorar una situación y minimizar sus consecuencias. Especialmente relevante es esta exigencia para quienes ejercen posiciones de autoridad. Gobernar una comunidad, dirigir una institución o tener personas bajo nuestra responsabilidad no consiste únicamente en adoptar decisiones o aplicar procedimientos. Implica también relacionarse con personas que pueden encontrarse en situaciones de miedo, dolor, incertidumbre o frustración. Y eso exige una determinada competencia humana: saber escuchar incluso cuando lo que se escucha resulta incómodo, aceptar los reproches cuando son expresión del sufrimiento y comprender que la autoridad lleva aparejada responsabilidad.

Por supuesto, no siempre será posible evitar una catástrofe natural, anticipar todas las consecuencias de una crisis o resolver inmediatamente un conflicto complejo. Tampoco sería razonable exigir a las instituciones resultados imposibles. Pero sí podemos exigir algo mucho más básico: que estén presentes, que escuchen, que expliquen, que acompañen y que hagan todo aquello que esté en sus manos para prevenir, reducir y reparar los daños. Y es que una persona que ocupa una posición de responsabilidad no tiene por qué ser perfecta, pero sí debería comprender que su función tiene una dimensión profundamente humana. Si trabajar con personas exige competencias técnicas, también exige competencias relacionales. Y cuanto mayor sea la responsabilidad y la capacidad de decisión, mayor debería ser también la capacidad de escuchar y responder ante las consecuencias de esas decisiones. Esta es, en definitiva, una de las aportaciones más profundas de entender la justicia restaurativa como filosofía de vida: recordarnos que la responsabilidad no comienza cuando alguien comete un delito. También existe responsabilidad cuando podemos hacer algo para prevenir un daño, para reducir sus consecuencias o para acompañar a quienes lo están sufriendo. Quizá, por ello, lo mínimo que podemos pedir a quienes tienen responsabilidades sobre otras personas no sea únicamente que sepan gestionar, decidir o administrar. Lo mínimo es que sepan escuchar, acompañar y estar presentes cuando las personas sufren.

ENFOQUE RESTAURATIVO EN NUESTRO TRABAJO DIARIO

Si realmente queremos avanzar hacia una sociedad restaurativa, resulta imprescindible que el enfoque restaurativo trascienda los programas específicos y llegue también a la forma en que las instituciones, las organizaciones y los profesionales se relacionan diariamente con las personas.

En un contexto en el que proliferan iniciativas que se presentan como restaurativas, algunas de las cuales pueden tener un carácter restaurativo discutible, deberíamos empezar por algo mucho más sencillo: formar en enfoque restaurativo a quienes tienen responsabilidades sobre otras personas. Y aquí existe una diferencia fundamental. No todas las personas que reciben esta formación serán facilitadoras de justicia restaurativa ni tendrán que desarrollar procesos restaurativos. Pero sí pueden adquirir herramientas para incorporar a su trabajo cotidiano algunos de sus principios esenciales: escuchar antes de decidir, comprender el impacto de las actuaciones, identificar necesidades, favorecer la participación, reconocer los daños y asumir la responsabilidad que corresponda.

Esto resulta especialmente importante en quienes ejercen funciones de gobierno, dirección o cualquier otra posición de autoridad. Si tanto confiamos en los talleres como herramienta de transformación, quizá sería conveniente que quienes los promueven también experimentaran personalmente qué significa participar en un proceso basado en la escucha, la empatía, la responsabilidad y el diálogo. No para convertirlos en facilitadores, sino para que comprendan que lo restaurativo no comienza ni termina con un encuentro entre una víctima y una persona ofensora.

El enfoque restaurativo debería formar parte de nuestra manera habitual de relacionarnos. Solo así podremos entender la justicia restaurativa como una filosofía de vida y como un movimiento social, y no simplemente como una técnica o un programa que se aplica en determinadas circunstancias. Su verdadero potencial aparece cuando somos capaces de trasladar sus principios al ámbito interpersonal, comunitario e institucional, fortaleciendo a las personas como auténtico capital social y favoreciendo comunidades más maduras, participativas y responsables. El riesgo contrario es evidente: convertir la justicia restaurativa en una etiqueta que sirve para presentar públicamente determinados programas sin que exista un compromiso real con los valores que la sustentan. Podemos organizar encuentros, talleres y actividades y, al mismo tiempo, mantener instituciones que no escuchan, comunidades que no participan y sistemas que reaccionan únicamente cuando el conflicto ya ha alcanzado niveles difíciles de gestionar. Por eso, necesitamos una apuesta mucho más amplia. Justicia restaurativa no es únicamente reparar cuando el daño ya se ha producido; también es crear las condiciones para que determinados daños puedan prevenirse y para que las comunidades dispongan de recursos propios para afrontar sus conflictos. Y debemos ser capaces de reconocer su potencial para prevenir la violencia. Y es precisamente aquí donde debemos ser capaces de reconocer su potencial para prevenir la violencia.

El caso de Ceuta nos permite plantearnos esta cuestión. Cuando una comunidad vive situaciones prolongadas de miedo, inseguridad, tensión o incertidumbre y sus historias y necesidades no encuentran espacios adecuados para ser escuchadas, el riesgo no desaparece porque dejemos de hablar de él, más bien al contrario, puede aumentar.

La frustración, el miedo o la ira son respuestas humanas comprensibles ante determinadas situaciones, pero cuando no existen canales para expresarlas, comprenderlas y abordarlas colectivamente pueden transformarse en desconfianza, enfrentamiento y violencia. La justicia restaurativa puede ofrecer precisamente esos canales. No para negar la existencia de la ira, el miedo o la inseguridad, ni para pedir a las personas que renuncien a sus legítimas reivindicaciones, sino para transformar esas emociones en diálogo, participación, responsabilidad y búsqueda de respuestas. Prevenir la violencia no significa esperar a que aparezca para intervenir. Significa escuchar las señales que la preceden, reconocer los daños antes de que se acumulen y generar espacios en los que las personas puedan expresar aquello que les preocupa. De esta manera, una sociedad restaurativa no es aquella que simplemente sabe reparar después del daño, sino aquella que aprende a escuchar antes de que el conflicto se convierta en violencia. Por eso debemos dejar de utilizar la justicia restaurativa como algo que hacemos y empezar a entenderla como algo que somos y como la forma en que queremos relacionarnos.

CONCLUSIONES: UNA JUSTICIA RESTAURATIVA QUE EMPIEZA POR ESCUCHAR

La justicia restaurativa nos recuerda algo que el Derecho, en ocasiones, corre el riesgo de olvidar: detrás de cada conflicto, de cada daño y de cada situación de sufrimiento hay personas. Personas con historias, emociones, necesidades y expectativas que no siempre encuentran un espacio adecuado para ser escuchadas. Por eso, hablar de justicia restaurativa no debería limitarse a hablar de encuentros víctima-persona ofensora, círculos o conferencias. Todas estas prácticas son importantes, pero forman parte de algo mucho más amplio: una manera diferente de comprender las relaciones humanas, los conflictos y la propia justicia. Desde esta perspectiva, el enfoque restaurativo no puede quedar circunscrito al ámbito penal. También debe estar presente en nuestras comunidades, en las instituciones y, especialmente, en quienes tienen responsabilidades públicas o ejercen posiciones de autoridad. Cuando una persona atraviesa una situación de daño, no siempre espera una solución inmediata o perfecta; muchas veces necesita, en primer lugar, comprobar que alguien está dispuesto a escucharla, reconocer lo ocurrido y asumir la responsabilidad que le corresponde.

Esto adquiere una especial relevancia ante aquellas situaciones en las que no existe una persona ofensora claramente identificable. Una catástrofe natural, una crisis social o un conflicto comunitario pueden generar daños profundos y auténticos traumas. Que no exista un delito ni una persona concreta a la que atribuir la responsabilidad no significa que no exista una necesidad de justicia.

 En estos casos, el Estado, las instituciones y la propia comunidad tienen un papel esencial en la prevención, el acompañamiento, la reparación y la reconstrucción de los vínculos dañados. Por eso necesitamos avanzar hacia una concepción de la justicia restaurativa que sea también preventiva. Escuchar las historias de las personas antes de que el conflicto escale, identificar sus miedos y necesidades y generar espacios donde puedan expresarse no es una cuestión meramente asistencial. Es también una estrategia de prevención de la violencia y de fortalecimiento de la convivencia. Una comunidad que escucha a tiempo tiene muchas más posibilidades de afrontar sus conflictos antes de que estos se conviertan en situaciones irreparables.

El verdadero potencial de la justicia restaurativa aparece precisamente cuando dejamos de verla como una herramienta aislada y comenzamos a entenderla como una filosofía que puede transformar nuestra manera de relacionarnos. No se trata de convertir a todos los profesionales en facilitadores restaurativos, sino de conseguir que quienes trabajan con personas incorporen a su actuación cotidiana valores como la escucha, la empatía, la responsabilidad, la participación y la reparación. Y esto también constituye una exigencia para quienes ejercen responsabilidades públicas. Gobernar, dirigir o tomar decisiones que afectan a otras personas no puede reducirse a aplicar procedimientos o gestionar recursos. También implica estar presente cuando las personas sufren, escuchar incluso aquello que resulta incómodo, reconocer los daños y asumir la responsabilidad de hacer todo lo posible para reducir sus consecuencias. La autoridad sin humanidad puede administrar un conflicto; difícilmente puede contribuir a repararlo. En definitiva, quizá el gran reto de la justicia restaurativa en los próximos años no sea conseguir que se realicen más programas, sino conseguir que comprendamos realmente qué significa ser restaurativos. Porque podemos multiplicar los talleres, los encuentros y las experiencias piloto y, sin embargo, seguir manteniendo instituciones que no escuchan, comunidades que no acompañan y sistemas que reaccionan únicamente cuando el daño ya se ha producido. La justicia restaurativa debería ayudarnos precisamente a cambiar esta lógica: pasar de esperar al daño para intervenir a construir comunidades capaces de prevenirlo; pasar de preguntar únicamente quién ha infringido una norma a preguntarnos quién ha sido afectado, qué necesita y quién debe asumir responsabilidad; y pasar así , de una justicia que únicamente responde a una justicia que también escucha, acompaña, previene y repara. Porque escuchar no es todavía reparar, pero muchas veces es el primer paso imprescindible para hacerlo.

Y quizá esta sea una de las grandes aportaciones de la justicia restaurativa entendida como filosofía de vida y movimiento social: recordarnos que la paz no consiste únicamente en la ausencia de violencia, sino en la existencia de comunidades capaces de escuchar, cuidar y responder ante el daño.

Por eso, más que una justicia restaurativa para momentos extraordinarios, necesitamos una sociedad restaurativa para la vida cotidiana. Una sociedad en la que las personas no tengan que sufrir para ser escuchadas, ni llegar al límite para que sus necesidades sean tomadas en consideración. Y es que al final, una sociedad madura no es aquella que evita todos los conflictos, sino aquella que sabe qué hacer cuando el conflicto y el daño aparecen. Y si la justicia restaurativa pretende realmente contribuir a un mundo más pacífico, quizá debamos empezar por algo tan sencillo y, al mismo tiempo, tan revolucionario: mirar a las personas, escuchar sus historias y preguntarnos qué podemos hacer para que nadie tenga que afrontar solo su daño y/o trauma