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Madrid, 11 dic (EFE).- Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) ha advertido este jueves de que la sentencia que condena al fiscal general del Estado "rebaja" el estándar probatorio exigible para condenar sobre indicios y cree que el voto particular pone de relieve que una solución absolutoria hubiera sido más respetuosa.

En un comunicado, esta asociación de jueces lamenta que la resolución adoptada por los magistrados del Tribunal Supremo que condenaron a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación como fiscal general y a 7.200 euros de multa "envía el mensaje de que se ensancha el perímetro del Derecho penal sobre conductas vinculadas a la comunicación institucional".

Esta asociación considera que con esta sentencia "se rebaja de facto el estándar probatorio exigible para condenar sobre indicios y se flexibiliza el control de proporcionalidad sobre medidas de investigación especialmente intrusivas".

Sin embargo -opina- el voto particular pone de relieve que una solución absolutoria hubiera sido más respetuosa con estos principios y más coherente con la función de última ratio que corresponde al Derecho penal en un Estado social y democrático de Derecho.

"La sentencia obliga a toda la comunidad jurídica a una profunda reflexión dirigida a asegurar y mantener la defensa de las instituciones y de los derechos fundamentales de la ciudadanía", indica JJpD.

Tras mostrar su respeto hacia las resoluciones dictadas por los Juzgados y Tribunales, critica que la sentencia califique como "dato reservado" tanto el contenido del correo remitido por la defensa de Alberto González Amador, como la propia existencia y desarrollo de las negociaciones con la Fiscalía.

"Se trata de información generada por la defensa, voluntariamente trasladada al Ministerio Fiscal, que no afecta a la intimidad personal ni revela extremos patrimoniales desconocidos para la administración y que, además, termina siendo utilizada y alterada en el debate público por personas ajenas al investigado y a su letrado", recuerda.

Con lo que concluye que extender la noción de "dato reservado" a este tipo de informaciones supone una interpretación expansiva del Código Penal y "tensiona los principios de legalidad y taxatividad penal" al tiempo que genera "una evidente inseguridad para todas las instituciones y responsables públicos que, en cumplimiento de su función, deban facilitar información veraz a la ciudadanía sobre asuntos de relevancia pública".

Asimismo, cree que la condena se apoya en una prueba indiciaria "cuyo armazón resulta discutible" ya que "el enlace entre hechos base y hecho consecuencia se debilita", y que se otorga "un peso decisivo" a elementos como el borrado de datos o la negativa del acusado a responder.

Todo ello se acompaña de una escasa operatividad reconocida a la prueba de descargo, en particular, a la testifical directa de los periodistas.

Además, critica que se normalicen medidas de investigación "de máxima injerencia", como el copiado íntegro de dispositivos o amplias búsquedas en repositorios electrónicos.

Este caso -señala JJpD- se inserta además en un contexto de intensas "polémicas mediáticas" y difusión de informaciones inexactas o abiertamente falsas sobre la actuación del Ministerio Fiscal.

"En un Estado democrático de Derecho, la Fiscalía no sólo puede, sino que debe defender su prestigio institucional y la legalidad de su actuación, desmintiendo bulos y rectificando narrativas que erosionan la confianza ciudadana en la justicia", subraya.

Y apunta que restringir el margen de reacción institucional frente a campañas organizadas de desinformación puede debilitar injustificadamente los mecanismos de defensa de la Fiscalía frente a la manipulación informativa y afectar al derecho de la ciudadanía a recibir información veraz.