lawandtrends.com

LawAndTrends



  • Celebrada hoy vista ante el Tribunal Supremo, correspondiente al primero de los recursos presentados por ECIJA Zaragoza y ECIJA Pamplona, en representación de hosteleros, hoteleros y titulares de juego de toda España, por las pérdidas de la COVID-19.
  • La declaración del estado de alarma en España como consecuencia de la COVID-19 supuso para muchos negocios en nuestro país ingentes pérdidas por la imposición de medidas que les obligaron a suspender o limitar gravemente su actividad.
  • Ese sacrificio extra que exigió el Gobierno, sobre todo al sector hostelero, y su posible compensación económica, ha sido hoy enjuiciado en una vista celebrada ante el Tribunal Supremo

La celebración de la vista ante el Tribunal Supremo de hoy ha sido sólo un pleito testigo, una muestra de otros muchos que están pendientes de resolverse y que, sin duda, seguirán la línea de lo que voten y fallen hoy los magistrados de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo

Según indican los socios de ECIJA Abogados, Cristina Llop y Maite Royo, por parte de ECIJA Zaragoza; y Arturo del Burgo, por parte de ECIJA Pamplona; encargados de la defensa de casi 900 reclamaciones: “Este pleito supondrá un hito en nuestra jurisprudencia. Nunca había sido azotada España por una pandemia como la sufrida y, por ello, nunca antes se había tenido que activar el mecanismo del estado de alarma. No obstante, el legislador de 1981 ya proveyó cómo dar respuesta a una situación tan extraordinaria como ésta y lo hizo estableciendo la obligación de indemnizar o compensar precisamente a aquella parte de la población que más vio mermados sus derechos para proteger al bien común.”

Todos sufrimos las consecuencias de la COVID y tuvimos que adaptarnos, pero, sin duda, el sector hostelero fue el más damnificado. Esperamos que el Tribunal Supremo entienda como nosotros esta obligación legal e interprete la L.O. del estado de alarma en este sentido. En cualquier caso, esta interpretación sentará un antes y un después en nuestra jurisprudencia.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad