Madrid, 17 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado una sanción impuesta por el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz a una abogada fiscal por haber filtrado un borrador de sentencia a un periodista del diario El País en febrero de 2024.
Se da la circunstancia de que García Ortiz ha sido recientemente condenado por el Tribunal Supremo a dos años de inhabilitación como fiscal general y 7.200 euros de multa por un delito de revelación de datos reservados, por una filtración del caso de fraude fiscal contra la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
Es más, cuando García Ortiz impuso esta sanción el 13 de diciembre de 2014, ya estaba siendo investigado por el Supremo, que ahora avala esta resolución sancionadora de 800 euros por una infracción disciplinaria grave, de revelación de datos conocidos en ejercicio de su función, por haber difundido un borrador de sentencia a un diario.
El tribunal rechaza íntegramente el recurso de la fiscal, que alegaba, entre otras cosas, que la filtración a la prensa no había quedado enervada la presunción de inocencia con prueba de cargo por la vía de los indicios, habiéndose obviado un importante elemento de descargo que, según ella, resta credibilidad a los mismos y plantea hipótesis alternativas lógicas y creíbles en su favor.
Los hechos probados recogen que la abogada fiscal comunicó telefónicamente a la acusación particular el sentido del borrador de sentencia de un caso seguido en la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de agresión sexual cometido sobre un hombre, y, posteriormente, lo filtró a un medio de comunicación al margen del cauce regulado por instrucciones internas de la Fiscalía.
La fiscal lo había obtenido a través de una consulta solicitada a una funcionaria, que le imprimió una copia y le advirtió que no estaba firmada ni notificada a la Fiscalía y al procurador.
Ya después la noticia fue publicada por El País y, tras conocerse la publicación, el tribunal informó a las partes que todavía no se había dictado sentencia en el procedimiento.
El Supremo considera suficiente para fundamentar la declaración de responsabilidad la "cuidada y adecuada valoración de pruebas" que contiene la resolución impulsada por García Ortiz.
