Maria Menéndez presidenta Asociación de Familias Numerosas de Madrid La aprobación de la Ley 5/2026 de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid, constituye un avance social importante para las familias y, de manera especial, para las familias numerosas.
La ley permite que el concebido sea tenido por nacido cuando esa consideración genere un mayor beneficio para la unidad familiar, la madre gestante o alguno de sus miembros. Abre así la posibilidad de que sea computado en determinadas ayudas, beneficios, servicios públicos y procedimientos autonómicos. Aunque hay que esperar a su desarrollo normativo, sobre todo en la tramitación del título de familia numerosa.
“Para las familias numerosas, una de las novedades más relevantes es la creación de un certificado de familia asimilada a familia numerosa durante el embarazo. Este reconocimiento permitirá acceder a beneficios derivados de dicha condición o, en determinados casos, alcanzar una categoría superior antes del nacimiento.
La ley contempla también el cómputo del concebido dentro de la unidad familiar para calcular la renta per cápita, su reconocimiento individual en los embarazos múltiples y la aplicación de determinados beneficios fiscales autonómicos previstos para las familias numerosas”.
Este reconocimiento no surge de manera aislada. Responde a una realidad que la AFNM lleva años defendiendo ante las administraciones y también ante los tribunales.
La Asociación promovió un recurso contencioso-administrativo, justo hace un año, contra el Ayuntamiento de Madrid por no considerar al concebido no nacido como tercer hijo en la baremación de la solicitud de plaza en escuelas infantiles municipales. Al no computarlo, la familia no recibía la puntuación correspondiente a la condición de familia numerosa, aunque ya esperaba su tercer hijo y afrontaba las necesidades propias de esa nueva realidad familiar.
La Asociación ganó aquel procedimiento, que puso de manifiesto la injusticia de obligar a las familias a esperar al nacimiento para que la Administración reconociera una situación que ya existía durante el embarazo.
La nueva ley recoge, en buena medida, el principio que defendimos en aquel contencioso. Cuando el reconocimiento del concebido resulta beneficioso para la familia, la Administración debe tenerlo en cuenta.
“Es una satisfacción comprobar cómo una reivindicación defendida judicialmente por la Asociación ha terminado encontrando reflejo en una norma autonómica”.
Pero ¿cómo afecta la Ley 5/2026 de la CAM a las familias numerosas?
Reconoce al concebido como un hijo más de la familia. Permite obtener la condición de “familia asimilada a familia numerosa” durante el embarazo (desde la semana 14), antes del nacimiento del hijo. Con un informe médico reciente, emitido dentro de los cinco días hábiles anteriores a la solicitud, con la semana de gestación y la fecha prevista de parto. Permite pasar de categoría general a categoría especial. El concebido podrá computar para calcular la renta per cápita, sin que se exija una semana mínima de gestación. Esto puede beneficiar a la familia en becas, ayudas y procedimientos sujetos a límites de renta. Y en embarazos múltiples se contará a cada uno de los concebidos. Los ayuntamientos madrileños podrán aplicar también este reconocimiento en sus propias ayudas, servicios y procedimientos, aunque cada entidad local deberá regularlo.
La aprobación de esta ley es una buena noticia, pero no puede convertirse en una medida aislada dentro de un ordenamiento que continúa ofreciendo una protección insuficiente y fragmentada a las familias.
El bienestar del nasciturus no puede depender únicamente de su reconocimiento en una determinada ayuda, beca o proceso de admisión. Requiere una política integral que promueva la maternidad y el embarazo, beneficie fiscalmente a la familia con prestaciones por hijo y desgravaciones, facilite la conciliación sin penalizar la gestión privada del hogar e hijos y elimine los obstáculos por tener y criar hijos.
Por eso, esta ley debe entenderse como una pieza dentro de una política mucho más amplia de protección y promoción de la familia, y como un modelo susceptible de ser adaptado al resto de las comunidades autónomas.
No sería justo que una familia pudiera ser reconocida como familia asimilada a numerosa durante el embarazo en una comunidad autónoma y, en otra, se viera obligada a esperar al nacimiento para acceder a derechos equivalentes. Tampoco sería aceptable que el concebido computara para una ayuda, una plaza educativa o el cálculo de la renta familiar únicamente en función del territorio de residencia.
Esta diferencia daría lugar a una primera desigualdad de trato entre familias que se encuentran en la misma situación, además de generar una injusticia y una posible discriminación territorial difícilmente compatible con una protección efectiva y homogénea de la familia.
Las comunidades autónomas tienen, por tanto, la oportunidad y la responsabilidad de estudiar esta norma, adaptarla a sus competencias y extender sus efectos a sus propios sistemas de ayudas, servicios públicos, beneficios fiscales y procedimientos administrativos.
El objetivo debe ser avanzar hacia una convergencia al alza, de manera que ninguna familia resulte perjudicada por residir en un territorio distinto y que el reconocimiento del concebido como miembro de la unidad familiar pueda aplicarse con criterios comunes en toda España.
La visión de esta ley del concebido no nacido inspira la Proposición de Ley para impulsar la fecundidad en España garantizando la protección, amparo y promoción de la familia, promovida como Iniciativa Legislativa Popular por la plataforma Siempre Seremos Familia, cofundada por la asociación de familias numerosas de Madrid.

María Menéndez Zubillaga, presidenta de las familias numerosas de Madrid (Imagen cedida por la autora)
Hay que frenar el invierno demográfico
Dicha Proposición plantea un marco nacional de protección jurídica, social y económica de la familia y parte de una realidad urgente, que España atraviesa un profundo invierno demográfico que exige políticas estables, transversales y de largo alcance.
Entre sus medidas se encuentran la protección jurídica, económica y social del nasciturus, una prestación universal por hijo, beneficios fiscales, apoyo a la conciliación, medidas en materia de empleo, pensiones, vivienda, educación y transporte, así como una actualización y mejora de la Ley estatal de Protección a las Familias Numerosas.
La Proposición señala expresamente que las familias numerosas aportan capital humano, favorecen el reemplazo generacional y asumen un coste superior en la crianza y educación de los hijos. Por ello, su protección no debe diluirse, sino actualizarse y reforzarse.
Sin embargo, esta iniciativa ciudadana ha sido inadmitida a trámite por la Mesa del Congreso en cinco ocasiones. Estas cinco negativas han impedido que una propuesta dirigida a afrontar uno de los principales desafíos sociales de España pueda ser debatida, enriquecida y votada por los representantes de los ciudadanos.
La aprobación de la ley madrileña demuestra que es posible avanzar legislativamente en el reconocimiento del concebido no nacido y en la protección de las familias. Precisamente por eso resulta difícil entender que una propuesta estatal de mayor alcance no pueda superar siquiera el primer trámite parlamentario.
Nuestra Proposición de Ley no pretende limitarse a una medida concreta ni a un solo territorio. Su vocación es nacional y busca establecer un marco común que pueda orientar también la actuación de las comunidades autónomas, respetando sus competencias, pero evitando que la protección del nasciturus y de las familias dependa del código postal. La adaptación de este avance al conjunto de España resulta imprescindible para corregir desigualdades territoriales y garantizar una protección familiar más justa, coherente y estable.
España necesita una política nacional que valore la maternidad y la paternidad, acompañe a quienes desean tener hijos y reconozca la aportación de las familias numerosas, premiando a los que favorecen el bienestar de todos.
Las familias numerosas son verdaderos oasis en el desierto demográfico: aportan vida, futuro, solidaridad entre generaciones y el capital humano imprescindible para sostener nuestra sociedad y nuestro sistema de bienestar.
Custodiar esos oasis no significa otorgar privilegios. Significa reconocer y compensar el esfuerzo económico, laboral y personal que supone criar y educar a varios hijos.
No podemos lamentar la caída de la natalidad mientras se mantienen barreras económicas, laborales, educativas y administrativas para las familias. Tampoco podemos pedir más nacimientos sin desarrollar una verdadera protección de la maternidad, del concebido y de la unidad familiar.
La ley Ayuso puede mejorarse aún
La Ley 5/2026 supone un enorme paso positivo, pero todavía mantiene limitaciones. Aunque establece con carácter general que no se exigirá una semana mínima de gestación, permite que determinados procedimientos económicos fijen un plazo y establece que el certificado de familia asimilada a familia numerosa se reconozca después de finalizar la semana 14.
La protección del concebido no debería depender de una semana concreta de gestación.
El bienestar del nasciturus y de su familia exige una protección integral desde el mismo momento de la concepción, sin divisiones temporales que condicionen su reconocimiento.
La Comunidad de Madrid ha marcado una dirección que debe ser continuada, ampliada y emulada. Ahora corresponde al resto de las comunidades autónomas y al poder legislativo español asumir sus propias responsabilidades.
España necesita una política familiar ambiciosa que afronte el invierno demográfico, proteja a quienes tienen hijos, valore especialmente a las familias numerosas y garantice la protección social, económica y jurídica del concebido y de su familia desde el mismo momento de la concepción hasta su ocaso natural.
