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Córdoba, 18 ene (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) ha validado la vacunación contra la covid-19 de dos hermanos de 6 y 8 años residentes en Sevilla, cuyos padres discrepaban sobre la necesidad de su administración, y ha rechazado, sin entrar en el fondo del asunto, otro recurso similar en Utrera (Sevilla) sobre una menor de 12 años, en este caso porque se presentó antes de que se agotase la vía judicial previa.

En el primer caso, la madre pidió amparo en el tribunal de garantías constitucionales al entender que se daba una "ausencia de evidencia médica-científica que justificara la inoculación de los medicamentos de terapia génica para la covid-19 en menores de edad".

Esto "atendiendo a la gravedad de la enfermedad en menores, donde la tasa de mortalidad y de hospitalización es muy baja, y a los efectos adversos que puede llevar aparejada la vacuna, que pueden ser muy superiores a la ausencia de vacunación", argumentaba.

El recurso de amparo, que trataba de anular las resoluciones de 23 de junio de 2022 del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla y de 16 de enero de 2023 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, consideraba vulnerados los derechos a la igualdad de trato de la madre y a la integridad física y moral, en este caso de los menores.

Mediante una sentencia, que ha sido consultada por EFE, el Constitucional entiende que "la motivación de las resoluciones judiciales tuvieron como fundamento esencial la protección del interés superior de los menores en relación con la protección de su salud".

Además, apreciaron, subraya el Constitucional, "la recomendación de las autoridades sanitarias, que se mostraban a favor de la vacunación de menores haciendo una ponderación de riesgos y beneficios de la vacuna, que el órgano judicial no estima desvirtuada por los informes".

La Audiencia de Sevilla había ratificado la decisión del Juzgado de Primera Instancia porque "realiza un juicio de ponderación de los riesgos y beneficios de la vacuna y otorga prevalencia al 'carácter seguro' de la vacuna de la covid-19, que cuenta con la aprobación de la Agencia Europea del Medicamento, siendo en todo caso mayor el riesgo de contraer la infección por coronavirus que la de padecer algún efecto secundario grave".

En el caso de Utrera, donde la madre se oponía a la administración de la segunda dosis de la vacuna contra la covid-19 y la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH) a su hija de 12 años, el Constitucional concluye, en la línea pregonada por el Ministerio Fiscal, que debe inadmitir "la demanda de amparo, dado que la recurrente inició el presente proceso constitucional cuando aún estaba pendiente la vía judicial ordinaria, de suerte que debe reputarse su recurso como prematuro".




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