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  • En el caso de una guarda y custodia compartida, el empadronamiento de los hijos menores debe seguir ciertas reglas claras, ya que legalmente solo pueden estar empadronados en un único domicilio.

Para resolver esa situación desde el blog de Abooga, portal que impulsa la Asociación de Abogados de Familia, (AEAFA) donde puedes encontrar el abogado de Familia adecuado para cada asunto te dan algunas claves

La normativa no lo contempla expresamente y, por tanto, no es una cuestión sencilla ni baladí, porque del empadronamiento dependen cuestiones como el colegio asignado u otros servicios como los sanitarios para el menor o la percepción de ayudas públicas por un progenitor u otro.

En el artículo se indica que el acuerdo mutuo sobre el empadronamiento de los hijos y su inclusión en el convenio de separación y divorcio es la mejor solución, tanto como punto de partida como si por las circunstancias que sea se quiere introducir un cambio.

El acuerdo es el mejor camino y el que abre más fácilmente la posibilidad de una eventual alternancia de empadronamiento de los menores. Además, lo más lógico es ir a ese acuerdo porque sin duda es la situación que más estabilidad dará al menor en su desarrollo, manteniendo su entorno escolar, de actividades extraescolares, de amistades…

Junto con ello se citan otros puntos clave para gestionar esta situación. En este enlace puedes ver resuelta tus dudas