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Hoy en día tener deudas es algo muy habitual. Pueden estar presentes en nuestra vida de múltiples formas: préstamos bancarios, hipotecas, tarjetas de crédito, etc. Lo más importante respecto a las deudas es conocer nuestra capacidad de pago y endeudamiento.

De lo contrario, podemos llegar a tener deudas con impagos .Si este es nuestro caso y no podemos pagar las deudas, posiblemente nos encontremos
con un juicio monitorio. Desde el despacho Abogados para tus deudas vamos a explicar todo lo que debes saber sobre el juicio monitorio.

¿Qué es un juicio monitorio?

Un juicio monitorio es un proceso judicial por el que se reclaman las deudas de forma legal. El objetivo del juicio monitorio es agilizar el cobro de las deudas, por lo que si tienes deudas pendientes, lo más habitual es que el acreedor inicie este procedimiento.

Una vez se ha presentado y aceptado la solicitud del juicio monitorio, el deudor tendrá 20 días hábiles para pagar la deuda pendiente. De lo contrario, la deuda se convertirá en ejecutable, lo que significa que nos podrán embargar los bienes que sean necesarios para saldar la deuda.

Pero no todas las deudas se pueden exigir mediante el juicio monitorio.

¿Qué características tiene que tener la deuda?

Las características necesarias para exigir el pago de la deuda mediante juicio monitorio son las siguientes:

● Deuda vencida . Esta es la característica primordial. Se tiene que haber superado el plazo reglamentario para el pago, es decir, tiene que ser una deuda con impago.

● Deuda dineraria . La deuda exigida debe expresarse en dinero en curso legal, ya sea nacional o extrangero. No puede hacerse un juicio monitorio de una obligación de hacer o dar cosas que no sean dinero.

● Deuda líquida . La deuda exigida debe ser conocida y exacta, expresada numéricamente. No puede ser una deuda que se desconozca la cifra o se requiera de una sentencia para ser fijada.

Si se cumplen estas tres características y se adjunta la documentación necesaria para acreditar la existencia de la deuda, el juez aceptará la petición del juicio monitorio.

¿Qué puedo hacer en un juicio monitorio?

Una vez se ha determinado que la deuda exigida es real y demostrable, el juez aceptará la petición del juicio monitorio. A partir de que se nos notifique este procedimiento, tendremos 20 días hábiles para decidir qué hacer.

● Por un lado, podemos pagar la deuda en el juzgado. En ese caso, el procedimiento se archivará.

● Por otro lado, si decidimos no pagar la deuda , el procedimiento avanzará hacia la fase de ejecución. En esta fase, la entidad que reclama el dinero solicitará el embargo de bienes, nóminas, cuentas corrientes, etc.

● Una tercera opción es oponerse a la petición del monitorio. Para hacer esto, el demandado debe acudir presencialmente ante el juzgado y manifestar por escrito los motivos por los que no debe pagar la deuda.

¿Cómo puedo evitar el juicio monitorio?

Si eres una persona física (particular, autónomo o empresario) con deudas impagadas, puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta ley es un procedimiento legal diseñado especialmente para aquellas personas insolventes que no pueden pagar sus deudas.

De esta forma, desde la experiencia de Abogados para tus deudas, te podemos contar que evitarás iniciar el juicio monitorio y que te embarguen los bienes. Con este procedimiento se consigue reducir o eliminar las deudas de forma segura y sin nuevos intereses.

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