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En España circulan 31.772.953 de vehículos asegurados a cierre del tercer trimestre de este año. Así lo plasman los datos ofrecidos por el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). Ha habido un incremento interanual del 1,89%, ya que se ha aumentado en 587.907 vehículos en el último año.

Recordemos que existe un Real Decreto que obliga a un propietario a asegurar los vehículos a motor de los cuales sea titular. Se debe cubrir la responsabilidad civil hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio.

Miriam Montero, abogada de ARAG, explica que “está prohibido que un vehículo circule sin seguro por las carreteras de España. Quién lo haga tendrá una multa de entre 601 a 3.005 euros, que se graduará dependiendo de la categoría del vehículo, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio, la reincidencia…”. Según la abogada, normalmente, se suele imponer una multa de 1.000 euros a ciclomotores, 1.250 euros para motos, 1.500 para turismos y 2.800 en el caso de los camiones.

Una cámara de seguridad podría recoger la matrícula y comprobar que cada vehículo tenga seguro

Cada Administración pública tiene competencia para la regulación del tráfico, y pueden disponer de autorización para la instalación y el uso de videocámaras (previamente adoptadas mediante una resolución). El fin principal es controlar, regular y vigilar el tráfico. En España, hay zonas donde ya se han instalado cámaras de seguridad que recogen la matrícula y comprueban si el vehículo tiene seguro.

¿Qué pasa si un agente da el alto a un vehículo sin seguro?

Cuando un agente que da el alto detecta que un vehículo circula sin seguro puede inmovilizar el vehículo de manera cautelar, mediante precinto con cargo al propietario del vehículo durante un mes, y se podría ampliar a tres meses en el caso de reincidencia, o incluso a un año en el caso de quebrantamiento del depósito. Para que el vehículo ya no esté inmovilizado, deberemos acreditar la contratación de un seguro.

¿Por qué hay tantas personas sin seguro?

“A veces el hecho de que una persona circule sin seguro es por cuestión de despiste, ya que puede ser que al comprar un coche nuevo se regale al comprador el primer año de seguro, y que no se renueve automáticamente, como es lo habitual. También puede suceder que se haya cambiado de dirección y si el seguro no quiere renovar (normalmente sucede en los casos de alta siniestralidad) puede que comunique la baja a una dirección antigua, con lo que puede que el propietario del vehículo no sea consciente que circula sin seguro. Otra posibilidad es que se pase al cobro el recibo y no haya fondos en la cuenta donde está domiciliado el pago, quedando así suspendida la cobertura”, explica la abogada de ARAG. Y añade, que “aun así, esto no es justificable para que un vehículo circule sin seguro”.

Si alguien circula sin seguro, ¿quién cubre los desperfectos?

Si un vehículo circula sin seguro, y ocasiona daños a un tercero, será el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de pagar desperfectos e indemnizaciones, siempre que el vehículo sin seguro tenga estacionamiento habitual en España o bien que los daños se ocasionen en territorio español a personas con residencia habitual en España o bienes situados en España. “Por regla general, el Consorcio valora la indemnización en función del valor de la reparación necesaria y el valor venal del vehículo -es decir, el valor en venta o de mercado del momento anterior al siniestro-. Si la reparación no supera el valor venal, el consorcio abonará el importe de ésta. Pero si por el contrario lo supera, abonará el importe del valor venal, deduciendo el valor de los restos”.

¿Pero qué es lo primero que debemos hacer si tenemos un accidente y el otro vehículo no dispone de seguro?

Lo primero que debemos hacer en caso de accidente es coger todos los datos del vehículo: matrícula, marca y modelo del coche y aseguradora del vehículo. Del conductor debemos tomar nota del nombre y apellidos, DNI, dirección y teléfono. Y en la medida de lo posible, debemos firmar el parte amistoso donde quede reflejada la versión del accidente y se muestre la culpabilidad del otro vehículo. Si no tiene seguro “Una vez realizado el parte, tenemos que comunicar el siniestro a nuestra compañía. Ésta se encargará de gestionar la reclamación con el Consorcio, si lo tenemos contratado, si no podremos dirigirnos al Consorcio nosotros mismos.”, explica Miriam Montero, de ARAG.

Son muchos los vehículos que circulan por nuestras carreteras sin seguro, y esto perjudica a la seguridad de todos. Ante cualquier accidente con uno de ellos, no dudes en llamar a las autoridades.




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