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Madrid, 27 feb (EFECOM).- La justicia está fallando en favor de los reclamantes afectados por el cártel de fabricantes de furgonetas y coches vendidos en España entre 2006 y 2013, estimando íntegramente las primeras sentencias (una veintena) su derecho a obtener una indemnización de hasta el 18 % del valor de adquisición del vehículo, según Fenadismer

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha recordado este lunes que el Tribunal Supremo ratificó en 2021 la resolución dictada en 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en la que se condenaba con una multa de 171 millones de euros a la práctica totalidad de las marcas que venden vehículos en España por su actuación concertada en la fijación de los precios de venta.

En las sentencias estimatorias dictadas hasta la fecha se reconoce a los reclamantes el derecho a percibir indemnizaciones, incluidos los intereses de demora desde la compra así como la condena en costas a los fabricantes y concesionarios.

En todo caso, es imprescindible que la reclamación vaya sustentada adecuadamente con el correspondiente informe pericial que acredite la cuantificación del daño causado por dichas prácticas restrictivas, ha agregado Fenadismer.

Por ello, la federación ha animado a todos los transportistas y allegados que aún no lo hayan hecho a que se incorporen a la macro reclamación colectiva que Fenadismer ha puesto en marcha contra dicho cártel, ya que aún se puede reclamar hasta el próximo 31 de marzo.

Según diferentes estimaciones, el número de furgonetas y derivados de turismos afectados por el cártel durante los 8 años de actuación concertada por parte de los fabricantes y concesionarios se situaría en torno a los 500.000 en toda España, a los que habría que sumar los más de 8 millones de turismos también afectados. 




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