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  • El tribunal confirma íntegramente la nulidad de varias cláusulas de gastos, comisiones de apertura y redondeo, dando la razón a los consumidores y marcando un nuevo golpe judicial a las prácticas bancarias abusivas.

La Audiencia Provincial de Murcia (Sección Cuarta) ha confirmado la condena impuesta a BBVA por el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Murcia, obligando a la entidad a reembolsar más de 12.000 € a una pareja murciana por la aplicación de cláusulas abusivas en cinco préstamos hipotecarios.

El fallo, fechado el 3 de abril de 2025, declara nulas por abusivas las cláusulas de comisión de apertura, gastos hipotecarios y redondeo al alza del tipo de interés, además de anular las relativas al vencimiento anticipado y al interés de demora.
El banco deberá devolver las cantidades cobradas indebidamente, junto con los intereses legales y las costas procesales de ambas instancias.

En total, los afectados recuperan 12.052,70 €, que incluyen 6.773,58 € en gastos y comisiones de apertura y el resto en concepto de intereses y cláusula de redondeo. Parte de la documentación de gastos ni siquiera pudo aportarse, lo que refuerza la relevancia de esta sentencia, que demuestra que los consumidores pueden obtener una restitución significativa incluso sin disponer de todas las facturas.

El tribunal rechaza la defensa de BBVA, que sostenía que la comisión de apertura forma parte del precio del préstamo. La Sala recuerda la jurisprudencia del TJUE (16 de marzo de 2023, asunto C-565/21), que considera que esta comisión no constituye un elemento esencial del contrato y debe someterse al control de abusividad si el banco no acredita servicios reales prestados.

En este caso, la Audiencia concluye que la entidad no justificó qué servicios concretos se habían prestado a los clientes, por lo que confirma su nulidad y la obligación de devolver las cantidades cobradas indebidamente.

Olga Pérez Martínez, letrada del caso y directora de Unive Abogados Murcia, valora esta resolución como “una nueva muestra de que los tribunales siguen protegiendo a los consumidores frente a cláusulas opacas y abusivas que durante años se incluyeron en la mayoría de hipotecas”.

“Nuestros clientes han recuperado más de 12.000 €, sin contar todos los gastos que no pudieron acreditar. Es una sentencia importante porque consolida la tendencia de los tribunales a controlar de manera estricta las comisiones de apertura y los gastos hipotecarios. El mensaje es claro: los bancos deben probar que esas comisiones responden a servicios reales y no pueden trasladar costes genéricos al consumidor.”