Pamplona, 24 sep (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 14 años de prisión en total impuesta el pasado junio por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a un hombre que violó en dos ocasiones a su expareja en una localidad de la comarca de Pamplona.
Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN ratifica la condena por los dos delitos, uno de abuso sexual con penetración (7 años de prisión) y otro de agresión sexual (otros 7).
El procesado, además, no podrá comunicarse ni aproximarse a la denunciante a menos de 500 metros durante 16 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, con posterioridad a las penas de prisión, de 20 años de duración.
En concepto de responsabilidad civil, el inculpado deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros.
Según se relata en la sentencia, la pareja mantuvo una relación sentimental análoga a la matrimonial durante 15 años. La relación se fue deteriorando y la mujer decidió poner fin a ella el 12 de julio de 2022, si bien ambos continuaron residiendo, en habitaciones separadas, en el domicilio familiar, hasta el mes de noviembre.
La sentencia de la Audiencia consideró probados dos delitos sexuales. El primero tuvo lugar el 14 de agosto del citado año. Tras regresar la denunciante a la vivienda “influenciada por el consumo de bebidas alcohólicas”, el encausado se aprovechó de esa circunstancia “para mantener relaciones sexuales completas” pese a haber manifestado la víctima su negativa a las mismas.
Asimismo, según añade la resolución judicial, el 9 de octubre la mujer salió con una amiga. El acusado, que fue quien había sido llamado por ella para que fuera a recogerla, se aprovechó de que su expareja “se encontraba afectada por el consumo de la marihuana, y mantuvo relaciones sexuales completas sin el consentimiento de ella”.
A consecuencia de estos hechos, la víctima presenta afectación emocional en forma de síntomas de carácter depresivo y ansioso.
La condena impuesta fue recurrida por la defensa ante el TSJN, en donde reclamó la absolución. Por su parte, la fiscalía y la acusación particular abogaron por la confirmación de la resolución.
Negativa expresa a tener relaciones
En su sentencia, el TSJN aborda la cuestión “esencialmente” discutida entre las partes, que es la relativa a la ausencia o no de consentimiento por parte de la denunciante. Esta negó haber aceptado mantener relación alguna con el procesado e indicó que su negativa fue “expresa” en la primera de ellas y que, “dado su estado”, ni siquiera pudo negarse en la segunda ocasión.
Los jueces estiman que los elementos analizados les llevan a apreciar “verosimilitud” en el testimonio de la denunciante, de quien no albergan sospecha alguna de motivos espurios. Subrayan la “claridad” de su testimonio, que fue avalado por datos periféricos.
