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En pocas palabras...

Trabajar por cuenta propia implica asumir una actividad económica de forma habitual, personal y directa, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona. Esta guía ofrece una visión clara, ordenada y jurídicamente correcta para darse de alta como autónomo en España y empezar a operar con seguridad.

¿Quién puede hacerse autónomo?

Puede darse de alta como trabajador autónomo cualquier persona física mayor de edad o menor emancipada, con capacidad legal para contratar, que desarrolle una actividad económica de forma habitual, aunque los ingresos iniciales sean reducidos. No es necesario crear una sociedad, el autónomo actúa con su nombre y apellidos y responde con su patrimonio personal.

Según el Ministerio de Trabajo y Economía Social, España alcanzó una cifra récord de 3.431.797 autónomos registrados a finales de 2025.

¿Qué tramites son necesarios para hacerse autónomo?

Alta en Hacienda (modelo 036 o 037)

Antes de iniciar la actividad debe comunicarse el alta a Hacienda mediante el modelo 036 o el modelo 037.

En este trámite se indica la actividad, la fecha de inicio, el régimen de IVA aplicable y la forma de tributación en el impuesto sobre la renta.

Alta en la Seguridad Social (RETA)

El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe realizarse antes de iniciar la actividad y posteriormente al alta en Hacienda, ya que uno de los requisitos será que constemos de alta en la Agencia Tributaria.

Se elige la base de cotización según los ingresos previstos, la mutua colaboradora y la cobertura de contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación.

El alta en la prestación de cese de actividad es importante, dado que es la prestación similar a la de desempleo que tienen los trabajadores por cuenta ajena y a la que tendremos derechos si nos ponemos enfermos o si, la actividad no nos va muy bien y la tuviéramos que cerrar.

Por ejemplo, si la autónoma Sofía tiene que cerrar su tienda online por falta de ventas, podría solicitar la prestación de cese de actividad si está acogida a ella.

Cuota de autónomos

La cuota mensual depende de los ingresos reales previstos y se estructura por tramos según tablas que podemos consultar en https://www.seg-social.es/.

Para nuevos autónomos existe una cuota reducida de 80 euros mensuales, durante el primer año, con posible prórroga si los ingresos son bajos. Hay que tener cuidado dado que una previsión incorrecta, puede generar regularizaciones posteriores. A fecha de enero de 2025, un total de 450.416 personas trabajadoras autónomas en España estaban acogidas a la tarifa plana (cuota reducida).

Obligaciones fiscales del autónomo

El autónomo debe cumplir obligaciones fiscales periódicas:

  • Presentación de impuestos trimestrales y anuales.
  • Emisión de facturas.
  • Conservación de documentación.
  • Llevanza de libros registro.

Licencias y permisos

Según la actividad, pueden ser necesarias:

  • Licencias municipales.
  • Comunicaciones ambientales.
  • Colegiación profesional.
  • Seguros obligatorios, especialmente de responsabilidad civil.

Ejemplo: Un arquitecto autónomo debe colegiarse y contratar un seguro de responsabilidad civil antes de ejercer.

¿Es obligatorio un gestor?

No es obligatorio, pero sí altamente recomendable, dependiendo de la complejidad y volumen de la actividad a desarrollar.

Por ejemplo, para una tienda online con ventas nacionales e internacionales, contar con un gestor ayuda a gestionar el IVA de cada país.

Acudir a un gestor administrativo, nos dará la tranquilidad de que las tramitaciones estarán bien hechas, dado que estamos en manos de un profesional que además debe contar con un seguro de responsabilidad civil.

Ventajas y riesgos del trabajo autónomo

El trabajo autónomo ofrece autonomía y flexibilidad en la distribución del trabajo, pero implica también responsabilidad patrimonial ilimitada. El autónomo responde con todos sus bienes presentes y futuros en el caso de que deba afrontar una responsabilidad por mal ejecución de su obra o servicio, por lo que la decisión debe adoptarse dependiendo de la actividad y de los riesgos que puedan derivarse de ella.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre cómo hacerse autónomos

¿Puedo ser autónomo y asalariado al mismo tiempo?

Sí, es posible estar dado de alta como autónomo y como trabajador por cuenta ajena simultáneamente. Se debe cotizar en ambos regímenes y existe una bonificación en la cuota de autónomos para pluriactividad.

¿Qué ocurre si facturo menos de 1.000 euros al año como autónomo?

Aunque los ingresos sean bajos, si la actividad es habitual, la ley exige darse de alta como autónomo y cumplir con las obligaciones fiscales y de cotización.

¿Cuándo debo emitir una factura como autónomo?

Siempre que se realice una venta de producto o prestación de servicio, independientemente del importe, es obligatorio emitir factura conforme a los requisitos legales.

¿Qué deducciones fiscales existen para autónomos?

Se pueden deducir gastos relacionados con la actividad: alquiler de local, suministros, material, transporte, formación, etc. Es importante conservar los justificantes y que el gasto sea necesario para el trabajo.

¿Puedo contratar empleados siendo autónomo?

Sí, el autónomo puede contratar trabajadores y deberá cumplir con las obligaciones laborales y de Seguridad Social correspondientes.

¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomos?

Se generan recargos, intereses y la posible pérdida de prestaciones sociales. Es fundamental estar al día en los pagos para evitar sanciones.

¿Hay ayudas para autónomos?

Sí, existen subvenciones, bonificaciones y ayudas estatales y autonómicas. Por ejemplo, la tarifa plana y ayudas para jóvenes, mujeres y sectores específicos. Se pueden consultar en www.sepe.es y en las webs de las comunidades autónomas.

Darse de alta como autónomo en España, es un trámite accesible, pero que debemos estudiar previamente, para saber si realmente nos compensa económicamente hacerlo. Un correcto asesoramiento inicial y continuado, ayuda a evitar errores estructurales difíciles de corregir posteriormente, y por ello, no debería iniciarse ninguna actividad sin contar con dicha asistencia.

En cualquier caso, emprender una actividad por cuenta propia, puede ser un camino fascinante y lleno de nuevos retos, donde el éxito no depende de un solo factor, sino de la convergencia equilibrada de que exista una necesidad real en el mercado, se aporte un valor diferencial y haya clientes dispuestos a pagar por nuestros productos o servicios.