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Es muy frecuente la intervención como investigados y luego como acusados de los técnicos de prevención de riesgos laborales de los servicios de prevención ajenos en un procedimiento penal cuando su objeto es elucidar las causas de un accidente de trabajo que provoca el fallecimiento o graves lesiones de uno o varios trabajadores,  así como las responsabilidades penales y civiles concurrentes.

Desde la introducción del tipo en el código existieron serias dudas sobre si un técnico de un servicio de prevención ajeno podía ser condenado como autor de un delito contra la seguridad de los trabajadores cuando su evaluación de riesgos no ha evaluado un puesto de trabajo y sus riesgos, o lo ha hecho de modo insuficiente. Cuando un técnico de prevención es llamado al proceso penal como investigado lo es, en la mayoría de los casos, por cualesquiera de esas dos razones.

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