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El pasado 23 de enero de 2025, el Tribunal Supremo publicó una Sentencia que aborda -sin dejar a nadie indiferente- la controversia alrededor de la obligatoriedad de correspondencia entre los hechos recogidos por la parte demandante en su papeleta de conciliación previa a la vía judicial y aquellos hechos reflejados en el escrito de demanda.

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