Del —“Tengo que ir”— al —“Quiero resolver”—: El cambio de paradigma de la Ley 1/2025
La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 ha cambiado las reglas del juego en España. Ya no es solo una recomendación: acudir a un Mecanismo Adecuado de Solución de Controversias (MASC) es hoy una obligación procesal. Sin embargo, para que esta norma no se convierta en un mero trámite burocrático, es vital que empresas y profesionales comprendan que la mediación es, ante todo, la vía más eficiente para proteger sus intereses.
Ahora bien, para que la voluntad de buscar el acuerdo sea real y el proceso de mediación no se frustre antes de empezar, conviene despejar dos cuestiones capaces de marcar la diferencia entre un expediente estancado y una solución exitosa: ¿cómo conviene recurrir a la mediación? ¿estamos preparados para una mediación?
La respuesta no es automática. La mediación temprana es una herramienta poderosa, pero no basta con "acudir"; hay que saber cómo llegar. La clave reside en un asesoramiento previo que permita a las partes entender las consecuencias económicas, temporales y personales de un conflicto que escala a la vía judicial. Se trata de contrastar el impacto de una sentencia —siempre incierta— frente a un acuerdo construido a medida.
Gestionar expectativas: La madurez estratégica
En un conflicto, las partes suelen estar convencidas de su razón absoluta. Es una dinámica humana habitual: el conflicto estrecha la mirada, dificulta la empatía y empuja a percibir la posición del otro como más extrema de lo que realmente es. Cuando esto ocurre, no solo se agrandan las diferencias, sino que se bloquea la posibilidad de construir una solución. No porque no exista margen para un acuerdo, sino porque las expectativas de las partes no encajan con la naturaleza colaborativa de la mediación.
Por eso, estar preparado para una mediación significa contar con la madurez emocional y estratégica para gestionar las expectativas. La mediación fracasa cuando se busca una "victoria total" o la validación del ego; funciona cuando las partes realizan una evaluación rigurosa de hechos, tiempos, costes y equilibrios procesales. En definitiva, se trata de valorar los riesgos con realismo de forma que se puedan tomar decisiones verdaderamente informadas.
El abogado como colaborador: Una pieza importante de la solución
En ese escenario, el papel de los abogados en un proceso de mediación es esencial. El verdadero reto no es convencer al cliente de que asista a una sesión de mediación para "cumplir el trámite", sino prepararlo para que esa sesión sea resolutiva. Un cliente que acude a mediación esperando una sentencia de victoria absoluta o la rendición incondicional del contrario es un cliente abocado a la frustración. Por el contrario, un cliente cuyas expectativas han sido bien trabajadas tiene más opciones de recuperar tiempo, dinero y tranquilidad, al tiempo que refuerza la confianza en su abogado o abogada.
Como mediadores, sabemos que el abogado es el arquitecto de la predisposición con la que su cliente llega al proceso. Por ello, para convertir la mediación en una herramienta verdaderamente eficaz y evitar que el proceso se convierta en una vía muerta, proponemos algunas claves especialmente relevantes en la gestión de expectativas:
- Sustituir la "Victoria" por la "Solución": Se trata de ayudar al cliente a entender que en mediación el éxito no es vencer al otro, sino recuperar el control sobre el resultado y cerrar el conflicto definitivamente.
- Analizar el MAAN (Mejor Alternativa a un Acuerdo Negociado): Valorar qué pasará si no hay acuerdo. ¿Cuánto tiempo, dinero y energía costará realmente el juicio?
- Desmitificar la idea de "Debilidad": Explicar que mostrar disposición a negociar no es admitir que el caso es débil, sino demostrar una gestión inteligente de los riesgos.
- Separar a las Personas del Problema: Ayudar al cliente a bajar la carga emocional. El objetivo es resolver el nudo legal o económico, no castigar al adversario.
- Pasar de la validación a la evaluación: El cliente suele buscar confirmación emocional —“tengo razón”—, pero el abogado puede ofrecer algo más valioso: una evaluación honesta de los riesgos reales ante un juez.
- Preparar la Escucha Activa: Advertir al cliente que escuchará cosas que no le gustarán. Estar preparado para oír la versión del otro sin reaccionar impulsivamente es clave para el avance.
- Cuantificar lo Intangible: Poner en valor al "coste de oportunidad". ¿Qué podría estar haciendo el cliente con su tiempo y dinero si no estuviera atrapado en este conflicto?
- Flexibilidad en las Formas, Firmeza en el Fondo: Animar al cliente a ser creativo con las soluciones. A veces, un acuerdo extrajudicial ofrece salidas que un juez, por su rigidez procesal, nunca podría dictar.
- Evitar las "Líneas Rojas" prematuras: Las posiciones de máximos suelen bloquear el proceso. Es preferible acudir con intereses claros y rangos de negociación flexibles.
- Confiar en el Proceso: Los mediadores no somos jueces, somos facilitadores. El abogado debe permitir que el mediador explore los intereses subyacentes que a menudo no aparecen en la demanda.
En definitiva, el acompañamiento jurídico no debe limitarse a la defensa estricta de una posición, sino a ayudar al cliente a descifrar cómo la mediación puede ser una excelente vía de resolución de su conflicto. Es aquí donde la gestión de expectativas se revela como la pieza central de la estrategia. Detectar a tiempo visiones irreales, posturas rígidas o dinámicas contraproducentes no solo protege la legitimidad del proceso, sino que preserva el impulso negociador, refuerza la credibilidad de los profesionales que intervienen y, sobre todo, multiplica las posibilidades de alcanzar una solución sólida, rápida y satisfactoria.