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Los que somos entusiastas de la mediación como vía de solución de conflictos defendemos   que la misma, sin duda, es una forma de justicia mucho más humana, que fomenta la cultura del diálogo y la paz social, gozando de claras ventajas que la hacen única frente a otros sistemas de resolución de conflictos y especialmente frente al más conocido procedimiento judicial.

 

Entre dichas ventajas voy a compartir algunas que considero sumamente importantes por ser  exclusivas de la mediación y por aportarle un gran valor añadido:

1.- La mediación es la única vía de solución de conflictos que se centra en la persona, que es respetada  y cuidada de forma especial durante todo el proceso.

Por todos es conocido que la vía judicial no se centra en la persona, sino en el problema a resolver de la persona y en la ley aplicable al mismo. La persona y, lo que es más importante,  cómo se siente ante su conflicto, no es la prioridad del sistema judicial, sino que lo que deviene principal  es su problema a resolver y las pruebas que pueda aportar cada parte en base a sus argumentos o posición.  Por ello, las demandas se basan en hechos y fundamentos de derecho,  al igual que las sentencias que las resuelven recogen hechos probados, fundamentos de derecho y fallo, todo ello siempre desde una vertiente absoluta y exclusivamente legal y sin dar solución, por tanto, al conflicto emocional que siempre subyace ante cualquier conflicto y que desde nuestro sistema judicial no se puede abordar porque sólo puede dar una solución jurídica al problema pero en ningún caso una solución emocional que es la que, en realidad y en la mayoría de los casos, también buscan las partes.

2.- La mediación crea y  facilita un espacio de diálogo y comunicación entre las partes.

Los mediadores somos facilitadores del diálogo. Fuera del escenario de un juzgado, en un ambiente más idóneo para el encuentro de personas y sus emociones,  sin la rigidez impuesta por las limitaciones espacio temporales que conlleva un procedimiento judicial, las partes tendrán muchas más posibilidades de restablecer o iniciar un diálogo constructivo, dentro de un contexto de colaboración y respeto, por el que sin duda, con la ayuda del mediador,  podrán llegar a un acuerdo personalizado a su conflicto y que satisfaga sus intereses y necesidades. 

En un juicio el diálogo prácticamente no existe.  Se formularán preguntas por los abogados  y habrá respuestas de sus clientes en la práctica de la prueba de interrogatorio, preguntas que necesariamente y por imperativo legal, siempre tendrán que ser formuladas y versar sobre el objeto del proceso, o sea  sobre ”el problema”,  sin que en ningún caso deban formularse  preguntas sobre temas personales, valoraciones subjetivas, opiniones, sentimientos o emociones personales fuera de dicho objeto del proceso.  Y ello siempre y cuando el abogado de la parte contraria solicite, en su proposición de prueba, el interrogatorio de parte, porque en muchas ocasiones nuestro  cliente, que está deseando que llegue el día del juicio para hablar y contarle al juez su versión de los hechos, ve frustradas todas sus expectativas al comprobar que quien tiene el poder de decidir si hablará  o no en el juicio para compartir su versión de los hechos  será,  no su abogado, sino precisamente el abogado contrario, quien para colofón de todo, en muchas ocasiones, como estrategia jurídica, precisamente no propondrá el interrogatorio de la parte contraria.

Incluso, podríamos afirmar que, en algunos casos, en el juicio también se inhibe la tan apreciada en cualquier otro ámbito comunicación no verbal,  ya que un simple gesto de desconcierto, crítica, alegría, desaprobación o cualquier otro similar puede ser amonestado e inhibido por el juez en defensa y salvaguarda de la formalidad que debe imperar en una sala de vistas y ello a pesar de ser perfectos conocedores de cuanta información valiosa puede guardar un simple gesto.

3.- La mediación proporciona instrumentos, herramientas y recursos para desarrollar nuestra  capacidad de gestionar los problemas con los demás.

La práctica del diálogo constructivo, de la escucha activa, del perdón, de la empatía, de la comunicación positiva,  herramientas todas ellas utilizadas en un proceso de mediación, no sólo se practican para intentar alcanzar un acuerdo o solución al conflicto, sino que las partes inmersas en un proceso de mediación también las aprenden e interiorizan de forma que las mismas quedan integradas en su disco duro personal para que puedan ser rescatadas y reutilizadas en el devenir de su vida ante la aparición de  nuevos conflictos que a buen seguro, después de haber pasado por un proceso de mediación, las partes afrontarán y  serán capaces de gestionar desde otra perspectiva y por la mejor vía del diálogo y la colaboración mutua.

4.- Mientras la vía judicial incrementa la escalada del conflicto, la mediación lo pacifica.

En un proceso de mediación se deconstruye el conflicto para entenderlo mejor, analizarlo y abordarlo adecuadamente, reduciendo así su escalada que deviene una necesidad fundamental para poder avanzar hacia su solución.   No se puede desatar un nudo sin saber cómo está hecho y ello sólo es posible en un proceso de mediación por ser la única vía que aborda el conflicto desde la emoción, ya que el conflicto no es un desacuerdo de razones sino de emociones.

Es necesario desmenuzar el conflicto para poder así entenderlo y poder empezar a construir su solución. Algo que resulta inviable en un procedimiento judicial donde desde que interponemos la demanda, y a lo largo de todo el procedimiento judicial, se irá incrementando la escalada del conflicto hasta encontrar su punto más álgido precisamente el día de celebración de la vista.

5.- Responsabiliza a las partes de lo que ha pasado y de su solución. Las partes son las únicas y auténticas protagonistas en su conflicto y en su solución.

Son las partes las que tienen el control sobre el resultado del proceso de mediación y sobre los tiempos invertidos en conseguir sus acuerdos.

Está claro que es un reto educacional y cultural superar nuestra costumbre de delegar en terceros la solución de nuestros problemas y pasar a educar en la valentía de asumir nuestra cuota de responsabilidad  para poder afrontar así, con las herramientas de las que disponemos  que son todas, nuestro conflicto y ser capaces de resolverlo con ayuda de un profesional de la mediación si necesitamos ayuda.

La mediación incentiva que las partes se expresen, legitima las historias de todas las partes implicadas y hace ver que las historias contradictorias en un conflicto son posibles y no tienen por qué evitar y ser un obstáculo para un acuerdo satisfactorio.

La mediación empodera a las partes, las motiva, conciencia a todos los actores y partes  de su cuota de responsabilidad en el conflicto, ayuda a pensar y fomenta la reflexión, estimula la creatividad en la generación de opciones y soluciones y todo ello promoviendo, además, la proximidad y empatía y tratando cada caso a resolver como lo que es, único y personal.

En el procedimiento judicial y en el resto de vías de solución de conflictos, sin embargo, el único protagonista y quien realmente lleva el control del proceso, del tiempo y su resultado, porque las partes así lo han elegido al decidir delegar la solución de su conflicto,  es el tercero que resuelve y dicta sentencia en el proceso judicial, o sea el juez.

Por ello es importante e indispensable  que empecemos a educar ya a nuestros menores, y nos reduquemos nosotros como adultos,  en todos los valores añadidos y buenos que la mediación nos aporta a nosotros como personas y también a nuestras relaciones.

6.- Fomenta y hace posible que la relación continúe, termine de forma pacífica o en el mejor de los casos la transforma para mejorarla y fortalecerla.

Generalmente, cuando las partes llegan a una mediación la relación de las partes está en el punto álgido de la escalada del  conflicto comprobando que al iniciar el proceso de mediación,  poco a poco y una vez se consigue que el diálogo se recupere y la comunicación empiece a fluir entre las partes, se reduzca mágicamente la escalada del conflicto hasta llegar a pacificarse y conseguir que, al final del proceso de mediación, incluso, se pueda llegar a transformar la relación de las partes en conflicto para mejorarla o reforzarla o, en el peor de los casos, si la relación ha de terminar lo haga de una forma pacífica y hablada.

7.- Única vía de solución de conflictos que hace sentir a las partes que todas han ganado.

El hecho de que en mediación sean las partes las diseñadoras y constructoras de sus propios acuerdos provoca que los mismos les resulten mucho más fáciles de cumplir precisamente por haber sido las partes sus creadoras directas y no venir impuestos por terceros como es el caso del juez en una sentencia judicial.

En la vía judicial siempre hay vencedores y vencidos. Si el juez me da la razón o estima mi demanda he ganado y el otro ha perdido interpretando, la parte judicialmente vencida, que dicha resolución no es justa porque no se adecua a sus expectativas o intereses lo que siempre genera gran frustración y el cumplimiento del fallo o decisión judicial por mera obligación o imposición del juez que la parte vencida considera  que no ha sido “justo” porque no ha dictado la resolución que esperaba.

La mediación, sin embargo, busca soluciones personalizadas, consensuadas y duraderas, poniendo voz a todos los implicados en el conflicto y reduciendo con ello los grandes costes emocionales, sociales y temporales que siempre supone un procedimiento judicial para las partes.

En definitiva, la mediación es una vía de solución de conflictos que siembra paz donde otras  vías acostumbran a sembrar más tempestades entre las partes porque la mediación va más allá de la solución de un conflicto, ya que su principal logro es cuidar las relaciones y con ello conseguir mejorar la calidad de vida de las personas.

Esa es la magia de la mediación de la que yo, abogada y mediadora, me declaro absoluta y convencida entusiasta.

 




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