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  • El Consejo General de Graduados Sociales advierte de que la ayuda para cubrir bajas por embarazo, lactancia y nacimiento exige hoy que la persona contratada, hombre o mujer, sea menor de 30 años: con 30 años o más, la empresa pierde las dos bonificaciones, y el importe ya no es el 100 % de las cuotas sino 366 euros al mes. 
  • Joaquín Merchán, presidente del Consejo General de Graduados Sociales, advierte de que “incentivar el empleo joven es legítimo, pero no puede hacerse con un instrumento que nació para que el embarazo no encareciera la contratación”.

A menos de dos meses de las elecciones generales del 29 de noviembre, el Consejo General de Graduados Sociales de España (CGGS), a través de la Fundación Justicia Social, pone el foco en una medida concreta que afecta a la conciliación y a la igualdad: la bonificación que reciben las empresas por contratar a quien sustituye a una trabajadora durante el embarazo, la lactancia o el permiso por nacimiento.  

Según el informe de su Comisión Técnica de Igualdad, desde el 1 de septiembre de 2023 esa ayuda solo se concede si la persona contratada, sea hombre o mujer, está desempleada y tiene menos de 30 años, y además ha pasado de cubrir el 100 % de las cuotas empresariales a una cantidad fija de 366 euros al mes. 

“Antes, la Seguridad Social cubría el cien por cien de las cuotas empresariales; ahora la ayuda es una cantidad fija de 366 euros y desaparece por completo si la persona contratada cumple 30 años”, resume el presidente del Consejo General de Graduados Sociales, Joaquín Merchán. 

El límite de los 30 años: hasta 8.784 euros al año de diferencia 

El requisito se aplica a la persona que se contrata para la sustitución, que puede ser hombre o mujer, y no a la trabajadora embarazada. Las dos bonificaciones, la del contrato de la persona sustituta y la de la cotización de la trabajadora sustituida, están enlazadas: si quien se contrata tiene 30 años o más, no se aplica ninguna. Con las cifras del informe, la cuenta es sencilla. Dos bonificaciones de 366 euros suman hasta 732 euros al mes, 8.784 euros por cada año completo de sustitución, y es lo que una empresa puede perder según contrate a una persona de 29 años o de 30. Hasta agosto de 2023, en cambio, la ayuda cubría el 100 % de ambas cuotas y bastaba con contratar a una persona desempleada, sin límite de edad. 

“Incentivar el empleo joven es un objetivo legítimo. Lo que no tiene sentido es hacerlo con un instrumento que nació para que el embarazo no se convirtiera en un sobrecoste para la empresa ni en un problema para la trabajadora”, afirma Merchán.