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El nuevo Decreto de Alquileres que negocian los grupos parlamentarios supone una protección extra para el arrendatario y una minoración de incentivos para alquilar al arrendador.

El aumento en la duración del plazo mínimo obligatorio y de las prórrogas, la limitación en las posibilidades de resolver anticipadamente el contrato de arrendamiento en el supuesto de necesidad del arrendador o su familia o, en caso de llegar a aprobarse y a articularse, la limitación en el precio de la renta, son importantes sistemas de protección para los arrendatarios.

Sin embargo, por otro lado, esos mismos incentivos actuarán como freno al alquiler por parte de la propiedad, al menos cuando se trate de particulares que alquilan una segunda vivienda, pudiendo quedar cautivos de inquilinos durante 8 años (5 obligatorios y 3 de prórroga), sin posibilidad de adaptar la renta a los precios de mercado y, si no se ha pactado expresamente, sin poder recuperar la vivienda en un supuesto de necesidad.

Dejando al margen algunas nuevas modificaciones, el Decreto parece una “nueva puesta en marcha encubierta” de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

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