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Cuando surge una idea y la queremos materializar en nuestro negocio online o e-commerce, es posible que se interponga en nuestro camino algo de ‘papeleo’. Y es que para cualquier tipo de negocio, conocer los requisitos legales a los que nos enfrentamos en fundamental; a la hora de la verdad, ¿sabemos cuáles son? En este artículo te diremos cuáles son los pasos a seguir para contar con todas las bases legales que necesitas para poder empezar con tu negocio desde el momento que quieras.

1.— Date de alta en Hacienda:

Aunque tu negocio vaya a ser online, tu actividad comercial no deja de ser como una ‘tienda’. Aunque te ahorres el papeleo que supone abrir un negocio físico, no pasará lo mismo con la Agencia Tributaria. Este trámite se reduce a comunicar que comenzarás una actividad comercial. Dicha actividad, en nuestro país está sujeta a IVA, que corresponde a un 21% en la mayoría de los casos. Y es que cuando vendes un producto o servicio, en el precio le estás cobrando a tu cliente una parte de impuestos que tendrás que devolver a Hacienda al final de cada trimestre.

Además, en el alta inicial deberás complementar los modelos denominados ‘036 y ‘037’, indicando el epígrafe en el que operará tu actividad económica. Después tendrás que marcar en las casillas 400, 402 y 403 el tipo de actividad y el epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Si comienzas con un negocio digital, estarás exento de pagar el IAE, ya que solo se le grava a las empresas que pagan el Impuesto de Sociedades e ingresan más de 1.000.000 de euros por año.

Es obligatorio darse de alta en Hacienda. Además, no supone coste.

2— Date de alta en RETA:

El RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) corresponde a los trabajadores autónomos, que son las personas “habitual, personal y directa que realiza una actividad económica para ganar dinero, sin un contrato de trabajo”. Es decir, cualquier persona que trabaja de forma autónoma y que realiza una actividad económica de forma independiente con fines lucrativos. Estos son los puntos en los que es obligatorio darse de alta como autónomo para poder llevar a cabo un negocio:

  • Tener más de 18 años y ejercer una actividad con fines lucrativos.
  • Los cónyuges y familiares que no estén contratados en el régimen general.
  • Los autónomos económicamente dependientes o los que facturan un 75% de sus ingresos al mismo cliente, con el que deberán de tener un contrato mercantil y estar inscrito en el SEPE.
  • Los profesionales sujetos a un Colegio Profesional.
  • Los socios trabajadores de las Cooperativas de trabajo.
  • Los socios de comunidades de bienes y sociedades civiles sin objeto mercantil.
  • Los administradores y consejeros del Órgano de Administración de una sociedad mercantil.

Asimismo, el Modelo TA. 0521 es el formulario oficial para la presentación del alta en el régimen especial de autónomos, que hay que rellenar y firmar, y que se deberá de presentar junto a una copia del DNI, el Modelo 036 (personas jurídicas) o el Modelo 037 (personas físicas) del alta de censo elaborado por la Agencia Tributaria; así como las escrituras de la sociedad inscritas en el Registro Mercantil.

Hay que tener en cuenta que desde el momento en que te das de alta en Hacienda, tienes solo 30 días para darte de alta como autónomo. Si te pasas del plazo y la Seguridad Social comprueba que has estado cumpliendo con tus obligaciones fiscales sin tener el alta de autónomo, te podrá cobrar las cuotas que tengas atrasadas hasta ese día, además de un 20% más de recargo.

¿Cuánto hay que pagar?

En el año 2018 se actualizó la legislación con nuevas leyes sobre Emprendedores y de Fomento del Trabajo Autónomo. Así, la cuota durante el primer año es de 50€; 137,92€ durante los siguientes 6 meses y 192,79€ por otros 6 meses, así hasta llegar a los dos años desde el alta. Estos últimos con una bonificación del 30% de la cuota total. A partir de entonces, la cuota suele ascender hasta los 267 euros mensuales.

Por último, y no menos importante, todavía tendrás pendiente presentar el denominado Modelo 303 para las compras y ventas que realices trimestralmente en el país así como su equivalente a nivel europeo, el denominado Modelo 349. Además, de por supuesto, declarar el IRPF mediante el Modelo 130.

Una vez cumplidas tus obligaciones legales habrás superado los pasos más importantes para poder tener un negocio online que esté 100% en regla y que cumpla con la normativa. A partir de entonces, será importante revisar qué tipos de requisitos y leyes debes de cumplir que, aunque no sean muchas en cuanto el e-commerce, sí que hay algunas relacionadas con la privacidad y los derechos del usuario dentro de la web así como la experiencia del mismo. 




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