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El Informe de Estabilidad Financiera de la Primavera de 2019 elaborado por el Banco de España señala que “la morosidad está aumentando a tasas de dos dígitos y acelerándose, lo que pone de manifiesto una cierta fragilidad de la demanda de crédito en un contexto macrofinanciero muy benigno”. Además, el mismo documento indica que “las entidades españolas presentan una ratio de morosidad del crédito ligeramente superior a la media europea”.

Es cierto que los acreedores pueden utilizar mecanismos articulados en los procedimientos regulados en las normas procesales civiles, siendo un buen ejemplo el procedimiento monitorio, un procedimiento regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, a partir de documentos fehacientes en los que consta la deuda, permite una reclamación con una tramitación más ágil que permite al acreedor cobrar de forma más rápida en todos los casos en los que no haya oposición del deudor. También existe el procedimiento monitorio notarial, un procedimiento regulado en los artículos 70 y 71 de la Ley del Notariado que, siendo poco conocido, resulta muy útil en la medida en que sirve para reclamar notarialmente deudas dinerarias que resulten no contradichas y que permiten lograr una carta de pago voluntaria o la formación mediante un expediente, de un título ejecutivo extrajudicial al que el deudor podrá oponer, en vía judicial, no solo el pago sino todas aquellas causas establecidas en el artículo 557 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

No hay duda alguna sobre un hecho relevante: hay concurrencia de culpas en la generación de la morosidad. Existen deudores que, de manera alocada, intentan vivir por encima de sus posibilidades, pero también hay acreedores que, por pura avaricia, conceden préstamos de manera irresponsable a personas cuya situación patrimonial no les va a permitir devolver el dinero prestado con los intereses remuneratorios, aunque el Informe de Estabilidad Financiero de Primavera de 2019 señala que “la evidencia empírica disponible sugiere que, tras la crisis, los bancos discriminan en mayor medida entre empresas según su calidad crediticia y su productividad (gráfico 1.9.A y B) a la hora de asignar nuevos flujos de crédito, lo cual debería contribuir a contener el aumento de la morosidad en el futuro”.

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