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La Sección nº1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado Sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, mediante la cual se condena a la Diputación General de Aragón a que indemnice a Don Tomás S. P. con 215.000 Euros (180.000 Euros de cuantía principal más 35.000 Euros de intereses), así como a las costas procesales, por las secuelas que padece a raíz no tratarle debidamente una lesión de espalda.

Don Tomás S. P., con 34 años, inició problemas de espalda en el año 2012, siendo atendido en numerosas ocasiones en el Centro de Salud de Almudévar (Huesca), en el Centro de Salud Gurrea de Gallego (Huesca) y en el Hospital San Jorge (Huesca)

En febrero de 2014 aumentaron los dolores, incluso le dificultaban la respiración. El 27 de junio de 2014 acudió a su Centro de Salud ante la evolución tórpida del cuadro clínico y se le solicitó una resonancia dorso-lumbar. Después, el 9 de julio de 2014 acudió a su Centro de Salud por aparición de parestesias en ambos miembros inferiores, siendo el propio médico, quien estableció la relación de estas nuevas parestesias con una afectación radicular, a la vez que se extrañó de que no se le hubiera realizado la resonancia solicitada el 27-6-14, pues tal afectación radicular únicamente podía ser correctamente diagnosticada con dicha resonancia.

El 12 de julio de 2014 apenas podía caminar, arrastraba las piernas y las notaba dormidas. Entonces, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital San Jorge de Huesca y fue atendido por una doctora quien le manifestó que: “por una pierna dormida no le hacía una Resonancia, que si quería una resonancia que se fuera a la sanidad privada”. Así, tres días después, acudió a su Centro de Salud refiriendo la presencia de dolor lumbar irradiado a ambas piernas, acompañado de dolor dorsal que irradiaba al tórax.

Teniendo en cuenta que el Servicio Aragonés de Salud no le llamaba para la realización de la resonancia ordenada el 27 de junio, la situación vivida en el Hospital San Jorge de Huesca el día 12 de julio y el empeoramiento del día 15 de julio, el paciente se desplazó a una Clínica privada de Zaragoza y el 16 de julio de 2014 le realizaron una resonancia sin contraste. En ella se evidenció la lesión en tres cuerpos vertebrales dorsales (D9-D10-D11), asociados a una gran reacción inflamatoria (edema óseo con extensión a zona perivertebral y epidural) afectando al cordón medular. Y también se indicó la necesidad de realizar otras pruebas diagnósticas para concretar la causa exacta de la lesión.

El 18 de julio de 2014 acudió con la resonancia al Centro de Salud Gurrea de Gallego y le indicaron, a su vista, que debía hacerse una resonancia con contraste y ecografías de forma preferente. El 24 de julio de 2014, por la noche, apenas podía caminar. Al día siguiente, su familia llamó al Centro de Salud de Almudévar para que fuera el médico al domicilio del paciente. Cuando llegó ordenó su traslado en ambulancia al Hospital San Jorge de Huesca, siendo derivado a la Clínica Alto Aragón para realizar una resonancia con contraste.

En el Centro de Salud de Almudévar, se acreditó que la afectación había pasado de ser sensitiva a afectación motora. Es decir, pasó de notar cierta falta de sensibilidad en las piernas (aun pudiendo caminar) a, directamente, no poder caminar por falta de todo movimiento de las piernas.

Obtenido el resultado de esta resonancia con contraste, coincidiendo con el resultado de la resonancia del fue remitido urgentemente al Hospital Lozano Blesa de Zaragoza, donde plantearon que había que esperar a que bajara la “infección” que, según ellos, tenía el paciente. Finalmente, fue operado el 1 de agosto de 2014.

Pero, lo cierto, es que NUNCA TUVO INFECCION sino una compresión de la médula espinal a causa de un tumor. Y el problema fue que este diagnóstico de infección se dio por cierto, sin que hubiera ni una sola analítica o prueba médica que acreditara dicha infección. El diagnóstico, tras la operación fue que tenía un tumor que presionaba la médula espinal. No había infección, sino un tumor que presionaba la médula.

En la actualidad, el afectado tiene graves secuelas por las que ha sido declarado en situación de Incapacidad Laboral y de Minusvalía.

Debido a este doble error médico que condujo a una grave lesión, acudió a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y se interpuso una Reclamación ante el Gobierno de Aragón que fue desestimada. Motivo por el que se inició un proceso judicial que ha finalizado en una Sentencia que condena al Gobierno de Aragón al pago de 215.000 Euros que corresponden a 180.000 Euros de cuantía principal más 35.000 Euros de intereses. Así como a las costas procesales.




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