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Girona, 7 oct (EFE).- La Audiencia de Girona ha condenado a diez y medio de cárcel a un vecino de la ciudad para el que se pedía pena de 49 años por apuñalar a su expareja después de que la víctima se retractara durante el juicio y de que los testigos declararan que la mujer les había dado la misma versión de los hechos que la fiscalía.

El hombre, Bismark A. G., de 44 años, fue juzgado el pasado junio por unos hechos que se remontan a 2019 y que el fiscal relacionaba con un delito de detención ilegal, dos de violación y otro de homicidio en grado de tentativa, todos ellos con la agravante de parentesco.

La defensa, ejercida por el letrado Manel Mir, sostuvo que el sexo fue consentido y solicitó la absolución o, alternativamente, en caso de que se considerase culpable al acusado, una pena de cinco meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia grave.

La víctima había denunciado que su expareja la retuvo ilegalmente durante quince horas y que sufrió dos violaciones y una puñalada -según las forenses mortal si no la hubieran atendido-, pero se retractó durante el juicio, según sostuvo la fiscalía, “por estar en un contexto de amenazas y presiones”.

Además, intentó no atribuir ningún delito al acusado, cambiando rotundamente su versión.

No obstante, todos los testigos, las mujeres de la masía que la socorrieron inicialmente, los Mossos que le tomaron declaración allí mismo y los que lo hicieron en el hospital, dijeron que ella les relató lo sucedido tal y como lo describía fiscalía.

La sentencia de la sección cuarta, de la que ha sido ponente la magistrada Mercedes Alcázar, absuelve a Bismark A. G. de los delitos de agresión sexual y le condena a tres años de cárcel por la detención ilegal y a siete años y medio por el homicidio en grado de tentativa, ambos con la agravante de parentesco.

La resolución considera probado que víctima y acusado habían sido pareja durante doce años, que convivían junto a una hija de ambos y otra de un matrimonio previo de ella, y que, a mediados de julio de 2019, terminaron la relación.

Sobre las 21:15 horas del 28 de julio, la mujer fue a casa del procesado a recoger las llaves del coche que compartían y él, con la intención de retenerla para convencerla de restablecer la relación, le dio una bofetada y le roció la cara con un espray irritante que le causo pérdida de visión.

Según el escrito, acabada la discusión durmieron hasta las 02:30 horas, cuando él le dijo que quería ir al santuario de la Mare de Déu dels Àngels para prometer un cambio de conducta y ella aceptó acompañarle.

Ya en el coche, la mujer vio que iban en otra dirección e intentó saltar del vehículo, pero él la volvió a rociar con espray y pasó horas por municipios próximos al santuario.

Tras una nueva discusión, la sentencia explica que el acusado “le golpeó la parte posterior del cuello con un objeto sujetándole los brazos con mucha fuerza, hasta que, en un momento determinado, decidido a acabar con la vida de la víctima, le asestó una fuerte cuchillada bajo el pecho izquierdo".

Finalmente, la mujer logró huir en un momento de descuido y llegó a una masía donde dos mujeres la socorrieron y alertaron a los servicios de emergencia, que la trasladaron al Hospital Trueta de Girona.

Los Mossos d'Esquadra iniciaron la búsqueda del sospechoso, que se presentó en comisaría el 30 de julio.

Aunque la víctima renuncio a ser indemnizada durante la instrucción, el tribunal condena al procesado a devolver con intereses al Institut Català de Salut los casi 20.000 euros que costó la operación a la que se sometió a la mujer.

La sentencia, que puede recurrirse, también retira al acusado la patria potestad de la hija que tiene en común con su expareja hasta que cumpla la mayoría de edad y le prohíbe acercarse a menos de trescientos metros de la víctima y de las dos menores durante cuatro años.




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