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París, 23 ene (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a Grecia porque la autoridad judicial y policial dio publicidad en 2012 del hecho de que unas prostitutas, de las que se divulgó su identidad y sus fotografías incluso por televisión, eran seropositivas

En un dictamen publicado este martes, los jueces europeos consideran que esa publicación constituyó "una injerencia desproporcionada" en su privacidad.

También censuran los análisis de sangre que se les impusieron para confirmar que eran seropositivas, ya que ninguna de las disposiciones citadas por el Gobierno griego para justificarlos amparaba ese tipo de intervención médica.

En el origen de este caso está la publicación de los datos personales y de las fotos de once mujeres por decisión de un fiscal en la página web de la policía, presentadas como prostitutas infectadas con el virus del sida a la que se dio una amplia cobertura mediática durante días, en particular en televisión.

Una de ellas no era sino la hermana de una prostituta con la que había sido confundida.

Las otras diez habían sido detenidas en diferentes momentos de 2012 en Atenas, en el marco de una operación policial y se las sometió a un examen médico sobre enfermedades transmisibles sexualmente, con un análisis de sangre que confirmó que estaban infectadas por el sida.

Las mujeres, cinco de las cuales han muerto desde entonces, recurrieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por la difusión de sus datos personales y de informaciones médicas sensibles, así como por la realización de los análisis sanguíneos sin su consentimiento.

El TEDH en su sentencia hace notar que no se emitió ninguna orden para que la policía y el equipo médico que los hizo tuvieran una autorización, con lo que no hubo ninguna evaluación de las disposiciones legales que se aplicaron.

Es más, insiste en que "no se aplicó ningún procedimiento preciso para la intervención médica, que tuvo lugar en comisaría".

Los jueces europeos también rechazan el argumento de las autoridades griegas de que la identidad y las fotos de las prostitutas se divulgaron para proteger los derechos de otras personas, en concreto las de los clientes o potenciales clientes.

Por una parte, señalan que el fiscal no barajó otras medidas que hubieran expuesto menos a las mujeres ni evaluó el efecto que podía tener para ellas.

En concreto, sugieren que podría haber hecho un anuncio general sobre el arresto de prostitutas seropositivas, sin dar la identidad de las interesadas.

Entre otras cosas, porque los potenciales recursos que hubieran podido presentar no hubieran sido efectivos una vez divulgados sus nombres y sus fotos, algo que era "susceptible de implicar consecuencias devastadoras para su vida privada y familiar y para su situación social y profesional al exponerlas al oprobio y a un riesgo de exclusión".

Grecia tendrá que indemnizar a las seis mujeres para las que se ha dictado sentencia condenatoria -se han excluido los casos de cinco porque han fallecido o porque se ha perdido el contacto- con 70.000 euros en total. 




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