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Barcelona, 20 oct (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a 23 años de cárcel por asesinato a Antoni S.F., acusado de matar a su exmujer en abril de 2021 en Manresa (Barcelona), a la que inmovilizó en una silla para envolverla luego en papel film desde la cintura hasta la cabeza y dejar que se asfixiara.

La sentencia tras el veredicto del jurado, que declaró a Antoni culpable de asesinato, también le ha impuesto la privación de la patria potestad sobre las dos hijas menores que el condenado tenía con la víctima, así como diez años más de prohibición de comunicarse o contactar con ellas cuando cumpla la pena impuesta.

La sentencia da por probado que el condenado por asesinato con alevosía y ensañamiento, con agravante de género, se había divorciado legalmente de la víctima, con quien tenía dos hijas, un mes antes del crimen, y que el 14 de abril de 2021 ambos acordaron encontrarse en el que había sido el domicilio familiar.

Antoni aprovechó para inmovilizar a su ex en una silla en la que se encontraba sentada de forma relajada, para poder envolverla luego en papel film desde la cintura hasta la cabeza, tapándole las vías respiratorias e impidiendo los movimientos respiratorios del tórax, con el fin de que se asfixiara.

Según los hechos probados, el acusado había sido quien había tomado la decisión de divorciarse, aunque no aceptó que la víctima iniciara una nueva relación sentimental, "ya que creía que su exesposa no podía tomar sus propias decisiones y debía volver con él, y por ello decidió acabar con su vida".

"Tras salir del que había sido el domicilio familiar (una vez perpetrado el crimen), Antoni intentó suicidarse, sin conseguirlo, y fue localizado en el interior de su vehículo, donde también se hallaron tres cartas manuscritas, un rollo de papel film, unas esposas, un cuchillo, un serrucho y cinta adhesiva", destaca la resolución.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), obliga al condenado a indemnizar con 200.000 euros a cada una de sus hijas, y también le ha impuesto una medida de libertad vigilada de diez años superior a la pena de prisión.

También, acuerda mantener las medidas cautelares que había adoptado previamente el Juzgado de Violencia sobre la mujer 1 de Manresa hasta que sean firmes, como, por ejemplo, la atribución provisional de la patria potestad de las dos menores a los abuelos maternos.

La sentencia considera probada la alevosía en virtud de lo dictaminado por el jurado, tanto por lo sorpresivo del ataque, puesto que la víctima se encontraba en su domicilio particular -había quedado ella con el familiar-, como "por la propia mecánica del ataque, que abolió las posibilidades de defensa".

En cuanto al ensañamiento, manifiesta que el acusado, "que buscó antes de ese día maneras de matar a alguien, eligió hacerlo de forma que su exesposa sufriera de forma innecesaria, de modo que la muerte no se produjo de forma rápida, sino agónica".

En cuanto a que él no aceptaba que la víctima rehiciera su vida pese a haber sido el propio condenado quien había decidido divorciarse, la resolución destaca, a partir del razonamiento del jurado, las cartas que Antoni tenía en el coche en el que intentó quitarse la vida.

"Me iba a suicidar solo, pero ya me da igual todo, y se ha reído tanto de mí y me ha hecho tanto daño que no me voy solo de este mundo", recogía una de las cartas, mientras que otra transcripción de las mismas afirmaba que Antoni creía que la víctima no estaba siendo "buena madre y anteponiendo a sus hijas".

Según la sentencia, el jurado descartó por unanimidad que Antoni, en el momento de los hechos, tuviera anuladas sus facultades de comprender las consecuencias de sus actos y de adecuar su comportamiento a esa comprensión por su profunda depresión e ideas de suicidio.




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