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INTRODUCCIÓN

Estos días nos hemos levantado con la triste noticia de que dos niños menores de edad  mataron a su madre en un pueblo de España. Además podemos leer en prensa titulares como los siguientes: “La incógnita del crimen de Castro Urdiales: ¿por qué los dos hermanos mataron a su madre?” “Crimen Castro Urdiales: los niños mataron a su madre tras una discusión por las notas y después fueron a una pastelería”

Lo primero que nos encontramos es que la prensa enseguida se lanza a realizar sus hipótesis e intenta averiguar por qué unos niños pueden haber cometido semejante crimen. Entendemos el deber de información de los medios de comunicación pero también debemos comprender que no todo es tan sencillo ni tan simple. Además apreciamos que existe una tendencia generalizada a intentar justificar el por qué de los delitos convirtiendo casi en víctimas a los agresores y haciendo que las víctimas pasen a ser consideradas “merecedoras” de lo sucedido.  No todo es tan sencillo y por eso debemos comprender como decía Séneca que todo delito tiene un precedente

LOS DELITOS NO SURGEN DE FORMA ESPONTÁNEA

Cuando alguien realiza una mala acción solemos preguntar ¿por qué?  Es común incluso que si nuestros hijos se comportan mal, les interrogamos buscando respuestas al por qué de sus acciones. Con los delitos sucede lo mismo, si nos damos cuenta desde que se conoció la noticia lo único que se ha buscado es saber por qué, dando justificaciones, buscando la versión de los niños o incluso recabando testimonios de los vecinos y amigos que puedan dar una solución mágica a esta pregunta.  Como seres humanos necesitamos un por qué para poder digerir que un delito tan horroroso pueda cometerse por niños tan jóvenes, es para nosotros más fácil buscar una justificación o una historia que dé sentido a todo lo sucedido. Si no hiciéramos esto estaríamos dando a entender que cualquier persona puede ser un potencial asesino y esto choca con la idea de que el mundo si puede ser un lugar seguro.  No obstante para encontrar el hilo conductor de lo sucedido la pregunta idónea cuando hablamos de comportamientos que provocan daños como los delitos sería ¿qué estaba pasando con estos niños?

De ahí que para muchos de nosotros la justicia restaurativa sea un complemento para la justicia penal tradicional que nos va a servir para poder entender y abordar los daños que causan los delitos de una forma más satisfactoria y multidisciplinar . Mientras que como hemos visto para la justicia tradicional la pregunta principal es por qué,  para la restaurativa sería que estaba pasando con esta persona. Pero además existen ciertas diferencias entre la justicia tradicional y la restaurativa que nos van a ayudar a tener una imagen más amplia de en qué contexto se produjo el delito. Para la justicia tradicional somos seres racionales, por tanto, nuestras acciones parten de un proceso de razonamiento y lógica.

Sin embargo, para la justicia restaurativa no podemos olvidar que todas las personas y más los y las adolescentes somos en gran parte seres emocionales por tanto, nuestros enfados, miedos, ilusiones y en general cualquier emoción tiene mucho peso en las decisiones que tomamos. Este ser emocional no significa que pueda servir como causa de justificación del delito cometido sino para entender que no siempre actuamos racionalmente y que muchas acciones son producto de emociones mal gestionadas. Es decir, nos ayuda a entender el origen, que podía estar pasando con la persona que cometió el delito en este caso, los dos niños. Ahondando en estas diferencias podemos decir que la justicia tradicional se centra en el pasado, en el delito cometido y parte de la idea que el castigo disuade de cometer nuevas ofensas. Sin embargo, la justicia restaurativa entiende que se debe mirar al futuro, obviamente sin olvidar lo realizado y para eso, las relaciones fuertes de las personas que dañaron con su entorno y con la sociedad son una forma de evitar que se produzcan nuevos delitos.

Esto significa que los delitos no son solo una vulneración de las normas, sino que dañan a las personas y dañan sus relaciones. Y para entenderlo no hay nada más que pensar en este padre, que ha visto como supuestamente sus hijos mataban a su mujer y que probablemente tendrá que pensar si quiere acoger de nuevo a los dos niños, especialmente el que tiene 13 años y no tendrá reproche penal por ser inimputable. Las relaciones, las conexiones entre la familia están francamente dañadas sino rotas y esto aunque para la justicia tradicional no sea primordial (lo esencial es saber si efectivamente mataron a su madre y qué medida debe tener el niño imputable) para la justicia restaurativa es esencial.

Por eso, reiteramos la importancia de la justicia restaurativa y su mirada multidisciplinar como complemento a la justicia penal y como forma de gestionar de manera más eficaz los daños ocasionados. La respuesta penal en este caso sería insuficiente, estamos hablando de un delito (ámbito penal) pero ocurrido dentro de una familia (familiar) y que afecta muy directamente a su entorno, un pueblo no muy grade (comunidad ). La respuesta penal solucionará solo parcialmente el daño causado. Muchas personas pensarán que para eso existe psicólogos, trabajadores sociales… y estamos de acuerdo en que su función es imprescindible pero también sería deseable pensar en términos de intervenciones restaurativas.

INTERVENCIONES RESTAURATIVAS

La justicia restaurativa surgió en el ámbito penal y como forma de devolver el “protagonismo” a la víctima. La idea que todos tienen en mente fomentada por ciertas películas es la de víctima,  personas ofensoras,  un encuentro conjunto, perdón y un final “feliz”. Sin embargo, la justicia restaurativa es un concepto en constante evolución y poco a poco se fue viendo que sería aplicable en otros contextos en los que podemos dañar a otras personas por ejemplo: familia, colegio, lugar de trabajo…

En estos ámbitos podría aplicarse la justicia restaurativa si es que se produce un daño que genera desequilibrios.

 Y esto es así porque para la justicia restaurativa las relaciones entre los miembros de la comunidad es algo esencial. Todos nosotros estamos condicionados por estas relaciones, incluso antes de nuestro nacimiento. En la medida en que nuestros padres se han mantenido juntos o se han distanciado, han estado en contacto con otros miembros de la familia y otras variables, todo esto influye en lo que somos o podemos llegar a ser. La relación con los que nos quieren y /o deberían preocuparse por nosotros, también determina nuestro carácter. Las personas nos basamos en las relaciones y en ocasiones éstas nos pueden afectar también negativamente por el simple hecho de querer ser aceptados o queridos en el grupo.

Por eso en algunos delitos es necesario abordar no solo el daño resultante del delito sino los demás daños que previamente y después se están produciendo para con sus relaciones,  con su entorno, y con la sociedad. Y en este contexto lo adecuado sería poder tener programas restaurativos familiares y comunitarios que también puedan abordar el impacto de determinados delitos en cada uno de sus miembros.  

Entendemos lo complicado de introducir nuevas ideas cuando todavía hoy en España no se sabe realmente que es la justicia restaurativa penal y sus diferencias con otras instituciones como la mediación pero la realidad nos está pidiendo pensar en intervenciones restaurativas que ayuden no solo a poner la tirita cuando se ha producido el daño, sino a intentar ver otros daños no curados y prevenir los futuros.  De esta manera y siguiendo a Claudia Villavicencio, los procesos restaurativos familiares tienen objetivo primordial identificar y atender los daños que nacen en el seno y entorno familiar, para dar la oportunidad a que los mismos sean atendidos de forma colectiva y sus integrantes asuman responsabilidades y busquen repararlos de manera efectiva e integral. Es decir, estamos hablando de justicia restaurativa y no de mediación porque nos referimos a daños, y necesidades y como repararlos para reequilibrar la situación.

En el caso del que hemos hablado se trataría de justicia restaurativa penal-familiar, y lo ideal sería abordar no solo lo sucedido, sino lo que estaban pasando con la familia y el futuro de estas personas. Además del proceso penal que se lleve a cabo, se  tendría que comenzar por escuchar a cada miembro de esa familia, sus daños, necesidades y después valorar como poder apoyar este proceso. Podrían ser intervenciones paralelas y complementarias sin impedir el trabajo de la justicia tradicional. Se busca centrarnos en la narración que posibilita la justicia restaurativa y que pueda ayudar a recordar, desafiar la invisibilización que hace que algunos daños permanezcan ocultos y se de voz a la esperanza. Esta narración va a permitir a las personas entender la raíz del problema y  valorar, ahora sí,  el porqué del delito, humanizar a las personas que dañaron y se puedan crear nuevas perspectivas de futuro.

 Sabemos que el delito cometido es difícil de abordar,   que los daños para muchas personas son irreparables, sin embargo, más allá de respetar y dignificar a la persona que ha fallecido, se debe pensar también en los daños de las personas que siguen en la familia, en el futuro de los niños y en todos nosotros como sociedad.

Como comunidad necesitamos sentir que se van a hacer cosas para que la familia pueda sanar, que se van a abordar el contexto en que se produjeron, se va a  ayudar a los niños a entender el impacto de sus acciones sino para reparar los daños que son irreparables al menos aminorar el dolor que causaron. Algunas personas podrán pensar para que se necesita esto, y es porque la idea es reparar  las relaciones de los niños con su familia y su entorno si fuera posible, reparar sus conexiones porque como hemos dicho las relaciones fuertes disuaden de cometer nuevos delitos y no el simple miedo al castigo.

Brene Brown, se refiere a la conexión, como la habilidad de sentirnos conectados, ya que  estamos construidos para ello. Es lo que le da propósito y significado a nuestra vida. Como dijimos desde que nacemos vivimos en comunidad y las relaciones con otras personas son un aspecto importante de nuestra vida, entonces la pregunta sería qué impide la conexión. La respuesta sería la vergüenza, y  Brene Brown habla de que se puede definir como el miedo a la desconexión  Miedo a que haya algo en mí, que los demás puedan ver y que justamente me impide la conexión. Y curiosamente para poder sentirnos conectados, necesitamos dejarnos ver y las investigaciones de esta autora  confirman que debajo de la vergüenza está la vulnerabilidad.

No estamos diciendo que este caso se pueda solucionar simplemente con una intervención restaurativa que favorezca que los niños se sientan integrados porque es bastante más complicado pero si pensamos que hay un futuro para los niños y niñas que cometen delitos de gravedad,  necesitamos enfocarnos en su reinserción, lo que sería para la justicia restaurativa su reconexión.

 Asimismo puesto que toda la justicia restaurativa trata de construir, fortalecer o reparar relaciones, lo esencial sería explorar qué va a  pasar con esa familia. Todo ello sin perjuicio de que como dijimos otros profesionales realicen su labor, al igual que la justicia juvenil para el caso del niño imputable. Para el caso del niño más pequeño todo lo que hemos hablado de la conexión cobra todavía más sentido.

CONCLUSIONES: PENSAR EN JUSTICIA RESTAURATIVA FAMILIAR

Cuando el delito impacta en personas que tienen una relación previa, hay que valorar si esta relación no la pueden o no la quieren romper y cómo acompañar al entorno cercano de las personas afectadas por el delito. Un ámbito en que frecuentemente suele existir delitos y violencia es el intrafamiliar. La familia es la célula fundamental  de la sociedad y desarrolla un rol de interacción en el desarrollo de la conducta de los niños por eso su importancia es vital.

Sin embargo, muchos daños y necesidades se quedan silenciadas y no salen a la luz, los procesos restaurativos familiares permiten llegar a las historias y generar empatía y responsabilidad en cada uno de sus miembros, esto ayudará a recomponer la familia si fuera posible o al menos a ayudar a sanar a cada una de las personas que la componen.

Su función preventiva es importante, y sería deseable programas restaurativos familiares en diferentes ámbitos como en la escuela, y otros entornos donde las familias puedan tener un lugar donde compartir y reflexionar sobre sus historias.

En el caso que nos ocupa, esto es más difícil por la magnitud del daño, pero lo que si estamos seguros de que solo con la respuesta penal, psicológica y social, no va a ser suficiente. No se va a poder abordar el futuro del resto de la familia, ni el duelo ni cómo abordar una posible reconexión de los niños si llegado el caso fuera posible o aconsejable. Necesitamos entender la justicia restaurativa como un complemento para mejorar la satisfacción de los ciudadanos con la justicia. Este complemento es más humano, y sobre todo su objetivo es escuchar los daños, necesidades y posibilitar fórmulas de reparación del dolor causado así como de prevenir otros posibles daños.  La justicia restaurativa no es una práctica concreta ni un solo proceso,  es una forma de intervención que respeta la dignidad y la equidad de cada persona para promover la sanación o al menos un camino hacia ésta.




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