Todo lo relacionado con los accidentes de tráfico en nuestro país está regulado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Tipos de indemnización en un accidente de tráfico
Dan lugar a indemnización la muerte, las secuelas y las lesiones temporales. Cada una de estas tipologías incluye de modo separado la reparación de los perjuicios personales básicos, de los perjuicios personales particulares y de los perjuicios patrimoniales.
Las indemnizaciones tienen como finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos. Las indemnizaciones de este sistema tienen en cuenta cualesquiera circunstancias personales, familiares, sociales y económicas de la víctima, incluidas las que afectan a la pérdida de ingresos y a la pérdida o disminución de la capacidad de obtener ganancias.
¿Quién son los beneficiados de las indemnizaciones en un accidente de tráfico?
Tienen la condición de sujetos perjudicados:
a) La víctima del accidente.
b) Las categorías de perjudicados mencionadas en el artículo 62, en caso de fallecimiento de la víctima. Estos son el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados.
A los efectos de esta Ley, se considera que sufre el mismo perjuicio resarcible que el cónyuge viudo, el miembro de una pareja de hecho estable constituida mediante inscripción en un registro o documento público, que haya convivido un mínimo de un año inmediatamente anterior al fallecimiento o un período inferior si tienen un hijo en común.
Excepcionalmente, los familiares de víctimas fallecidas mencionados en la Ley (cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados), así como los de grandes lesionados, tienen derecho a ser resarcidos por los gastos de tratamiento médico y psicológico que reciban durante un máximo de seis meses por las alteraciones psíquicas que, en su caso, les haya causado el accidente.
¿Qué baremo se utiliza para calcular la indemnización?
El nuevo Baremo se inspira y respeta el principio básico de la indemnización del daño corporal; su finalidad es la de lograr la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos para situar a la víctima en una posición lo más parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente.
Las cuantías y límites indemnizatorios quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
¿Cómo se valoran los daños o secuelas?
La determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales ha de realizarse mediante informe médico ajustado a las reglas de este sistema. El lesionado debe prestar, desde la producción del daño, la colaboración necesaria para que los servicios médicos designados por cuenta del eventual responsable lo reconozcan y sigan el curso evolutivo de sus lesiones.
Los servicios médicos proporcionarán tanto a la entidad aseguradora como al lesionado el informe médico definitivo que permita valorar las secuelas, las lesiones temporales y todas sus consecuencias personales. A los efectos de esta Ley, carecerá de validez la oferta motivada que no adjunte dicho informe, salvo que éste se hubiera entregado con anterioridad.
El baremo médico contiene la relación de las secuelas que integran el perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial permanente, con su clasificación, descripción y medición, y también incluye un capítulo especial dedicado al perjuicio estético.
La medición del perjuicio psicofísico, orgánico o sensorial de las secuelas se realiza mediante un porcentaje de menoscabo expresado en puntos, con un máximo de cien. La medición del perjuicio estético de las secuelas se realiza mediante un porcentaje de menoscabo expresado en puntos, con un máximo de cincuenta, que corresponde a un porcentaje del cien por cien.
¿Cuánto se cobra por día de rehabilitación?
Los gastos de rehabilitación en régimen hospitalario se resarcen de acuerdo con las reglas del artículo 114 Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, mientras que los de rehabilitación domiciliaria y ambulatoria se resarcen de conformidad con el artículo 116.
Se resarce directamente al lesionado el importe de los gastos de rehabilitación futura que, por el correspondiente informe médico, precise el lesionado en el ámbito domiciliario o ambulatorio respecto de las secuelas a que se refieren el artículo 113, después de que se produzca la estabilización.
La necesidad, periodicidad y cuantía de los gastos de rehabilitación futura deberán acreditarse mediante el correspondiente informe médico desde la fecha de estabilización de las secuelas. El estado vegetativo crónico y tetraplejia igual o por encima se indemnizará hasta un máximo de trece mil quinientos euros anuales. Los casos en los que coincidan tetraparesias graves, secuelas graves de lenguaje y trastornos graves neuropsicológicos los gastos de rehabilitación futura se indemnizarán con un máximo de nueve mil quinientos euros anuales.
El resto de los supuestos se indemnizarán con un máximo de cinco mil ochocientos cincuenta euros anuales.
¿Cómo reclamar una indemnización por accidente de tráfico?
En primer lugar, tras sufrir un accidente de tráfico es importante acudir siempre a un hospital para acreditar el origen de las lesiones y poder tener una prueba documental sobre una valoración médica. Por ello, es conveniente acudir lo antes posible al hospital y conservar los informes médicos que le realicen para después poder solicitar una indemnización por accidente de tráfico.
Para el cobro de la indemnización por accidente de tráfico también es importante conseguir datos de algún testigo: la Policía Local, Nacional o Guardia Civil, para que tomen nota del accidente y de las causas del mismo. El atestado constituye una prueba fundamental para determinar quién ha sido el responsable del accidente de tráfico. En este link te explicamos en más detalle los pasos a seguir para saber si tengo derecho a indemnización por accidente de tráfico.
Eugenia Domingo | Red de despachos de Legálitas
Referencia legal:
Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
LO DAMOS TODO POR TI