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  • La Seguridad Social se escudaba en un dato laboral falso para denegar una incapacidad a una afectada de aneurisma

Según una reciente sentencia de fecha 27 de febrero, R.O.P, administrativa de 43 años de edad acaba de conseguir que la ley le dé la razón tras interponer una demanda a la Seguridad Social. En ella, la demandante solicitaba que se le concediera una pensión de incapacidad permanente denegada por esta entidad pública en 2015. Según fuentes del centro médico-jurídico Tribunal Médico, que ha llevado el caso en nombre de la afectada, el INSS no veía suficiente causa para concederle este tipo de prestación a pesar de que la mujer padece diversas enfermedades cerebrales a consecuencia de un aneurisma que le han llevado a la parálisis de diversas zonas del cuerpo y a déficits cognitivos graves. La razón argumentada era que cuando sufrió el accidente cerebral no estaba dada de alta, aspecto que se ha demostrado que era falso por el informe de vida laboral.

Según los informes de salud presentados por Tribunal Médico, como uno donde el Hospital Clínic de Barcelona hacía constar que R.O.P. sufre una grave pérdida de funcionalidad debido a sus lesiones, se ha demostrado ante los tribunales que se le debe conceder la Incapacidad Permanente Absoluta. Tal como se se observa en la sentencia, el INSS dictó en su día una resolución negativa ante la petición de la mujer debido a que la causa de éstas (un aneurisma) sucedió con anterioridad al alta de la trabajadora en la Seguridad Social. Sin embargo, ahora queda constatado que la mujer sufrió el aneurisma cerebral en junio de 1994, habiendo sido ya dada de alta en su empresa en marzo de ese mismo año.

Alejandro Rusiñol, jurista del centro Tribunal Médico, comenta que “es sorprendente que con sólo aportar un sencillo informe de vida laboral de nuestra representada, hemos desmontado la argumentación del INSS para no concederle la incapacidad”. En cualquier caso, las lesiones de la administrativa han sido claves para que el Juzgado reconociera la necesidad de la trabajadora de una pensión como medio de vida por no poder desarrollar ningún tipo de profesión. Las patologías que han quedado demostradas son la parálisis facial y del brazo izquierdo, consecuencia del aneurisma inicial que padeció. Aparte, está aquejada de inflamación del encéfalo y de la médula espinal. Ello le ha provocado también graves problemas cognitivos y de retención de la información.

El Juzgado de lo Social n.º 2 de Barcelona, donde ha transcurrido el proceso legal, ha condenado finalmente a la Seguridad Social a que otorgue la Incapacidad Permanente Absoluta a R.O.P. Ello representa que la empleada cobrará una mensualidad del 100% de su base reguladora, calculada en 2.343,70 €. Además, esta resolución se emite con efectos retroactivos, de modo que la demandante percibirá las cantidades no abonadas hasta ahora desde 2015. 




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