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Madrid, 14 ene (EFE).- La publicación el pasado mes de diciembre del Real Decreto que el Ministerio de Transformación Digital aprobó para regular el trabajo de los influencers en redes sociales es visto como “una forma más de profesionalizar" el sector, según aseguran algunas agencias de representación.

Así, María Cordero, directora de la agencia Twic, considera que el cambio se vive como una evolución: “Con el crecimiento exponencial del sector en los últimos años vemos como algo positivo esta regulación y normativa. Eso conlleva la profesionalización del propio sector en sí”, ha indicado a EFE.

Marta Cobo, directora legal de la agencia de representación Soy Olivia Media Group, espera que con la aprobación de esta norma "se esclarezcan pautas concretas que los creadores de contenido deben seguir para que puedan, por fin, salir de la inseguridad jurídica y deontológica en la que se encontraban”, explica.

Su agencia de representación fue responsable de encumbrar en su día a algunos de los influencers más relevantes de España, como María Pombo, un perfil que, por su audiencia, encaja en el marco que se ha establecido para regular la actividad de algunos perfiles específicos, aquellos considerados “de especial relevancia”.

Este perfil engloba a los que facturen más de 500.000 euros al año y que cuenten con más de dos millones de seguidores en la plataforma que utilicen. Aquellos que cumplan estas características deberán acogerse a esta normativa si no quieren hacer frente a sanciones desde 20.000 hasta 1,5 millones de euros.

La nueva normativa, que equipara a este tipo de creadores con aquellos que trabajan ofreciendo servicios en la comunicación audiovisual, dicta pautas, como identificar claramente el contenido pagado para finalizar el uso de la publicidad encubierta o subliminal, un aspecto que para Cobo “se trata de la excepción y no la norma”.

“La mayoría de las plataformas de intercambio de vídeos han incorporado diferentes herramientas que facilitan y fomentan la incorporación de una comunicación clara del carácter publicitario del contenido”, explica sobre este tipo de publicidad para el que las propias plataformas ponen sus medios.

También se prohíbe la participación de menores en vídeos para conseguir visitas o publicitar productos nocivos como el tabaco o el alcohol, además de piezas que incentiven la práctica de juegos de azar o la promoción del culto al cuerpo a través de comerciales de intervenciones quirúrgicas o estéticas.

“El testimonio emitido por los creadores de contenido debe basarse en una experiencia real y personal, no reflejando una mera impresión abstracta, sino que sus afirmaciones deben ser objeto susceptible de comprobación y contraste”, ha indicado Cobo respecto al uso correcto por parte de los influyentes a la hora de promocionar algún producto.

María Cordero ha señalado que todavía no pueden tener una opinión completa sobre la nueva normativa, cuya redacción puede experimentar cambios.




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