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  • Está dirigida a las empresas y personas físicas que desconocen el funcionamiento de esta protección legal frente a una insolvencia
  • La Asociación Profesional de Administradores Concursales ve necesario impulsar el Desarrollo Reglamentario del Real Decreto-Ley 11/2014 de medidas urgentes en materia concursal para mejorar su funcionamiento

En España hay muy pocos concursos de acreedores si lo comparamos con el resto de países, y una de las principales razones es el desconocimiento de la Ley Concursal y sus procedimientos. Para ello, la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) ha elaborado la primera guía práctica y sencilla que tiene como objetivo ayudar a entender el funcionamiento de los concursos de acreedores en España y acercarlos a las empresas y personas físicas que puedan tener este tipo de problema.

 

La guía de concursos elaborada por ASPAC hace un breve recorrido de la Ley Concursal que tenemos hoy en España, aprobada en 2003 y publicada en 2004. Desde su publicación, dicha Ley ha sufrido varias reformas (concretamente, más de 20) para ir adecuando su texto a determinadas situaciones puestas de manifiesto durante la crisis. Actualmente, en España se está elaborado un Texto Refundido por parte del Ministerio de Justicia. Más allá de esta iniciativa, ASPAC cree que la mejor forma de mejorar los funcionamientos de los concursos es impulsar el Desarrollo Reglamentario del Real Decreto-Ley 11/2014, de medidas urgentes en materia concursal. En este sentido, la Asociación ha hecho una propuesta en la que se definen aspectos como el acceso, los nombramientos y la remuneración de la administración concursal, entre otros temas.

 

Además, en Europa existe el Reglamento 2015/848 de 20 de mayo de 2015, que sustituye a la anterior Directiva de insolvencias y entró en vigor el pasado junio, que pretende armonizar todos los procesos de insolvencia de la Unión Europea.

¿Cuándo y cómo presentas concurso?

Una empresa o persona física puede presentar concurso cuando existe una insolvencia actual; en la que el deudor ya no puede pagar regularmente sus deudas, o cuando hay una insolvencia inminente; en la que el deudor prevé que en un futuro próximo no va a poder cumplir con sus obligaciones, si entiende que no procede utilizar las posibilidades preconcursales que otorga la Ley. De esta manera, los concursos pueden ser necesarios o voluntarios. El primero de ellos lo presentan los acreedores del deudor y, el segundo, lo presenta el deudor insolvente.

En cuando a la presentación de concurso, ésta debe hacerse ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde el deudor tiene la sede o el centro principal de sus intereses. Además, es necesaria la figura de un abogado y procurador y la presentación de una amplia documentación que acompañe a la solicitud.

Consejos de ASPAC al deudor y legislador

En la guía elaborada por ASPAC, también se incluyen una serie de consejos para mejorar el sistema. Desde la Asociación se cree que la Ley Concursal debe ser considerada como una herramienta de reestructuración, y recalcan que, a diferencia de España, concursar en Europa o EE.UU. no es un descrédito, sino una forma más de protección a las empresas y a las personas. De la misma manera, consideran necesaria la necesidad de presentar concurso a tiempo, lo que implica una mayor posibilidad de convenio.

 

Asimismo, algunos de los cambios que se proponen contemplan la modificación de la regulación y una serie de requisitos para acceder al Registro Público Concursal que incluyen: una titulación universitaria en rama jurídica o económica, cinco años de experiencia profesional como abogado o economista, un examen de aptitud profesional y, por último, una acreditación de la cobertura de la responsabilidad civil mediante un contrato de seguro o garantía equivalente.

 

Luis Martín, Presidente de ASPAC, comenta: “esta guía quiere dar a conocer el funcionamiento de la Ley Concursal española y las áreas de mejora de la misma. Para ello, los administradores concursales vemos la necesidad de tener un Estatuto del Administrador Concursal que concrete, especialmente, el acceso a la profesión y el sistema de nombramientos. Pedimos introducir un marco regulatorio estable para los administradores concursales, basada en la experiencia y en la formación que permitan asegurar la eficacia y especialización de esta profesión clave para la economía española”. 




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