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Ahora mismo, estoy como loco impugnando un recurso de suplicación de 61 páginas que me vence el lunes. Y no son páginas de copia-pega de jurisprudencia, como habitualmente ocurre. Es un recurso con sustancia, recaído en un asunto de altísima complejidad. Se trata de una demanda de oficio de la Tesorería General de la Seguridad Social contra una empresa cliente a la que poco más le cayó el cielo sobre su cabeza al “desplomársele” encima una descomunal Acta de Liquidación de cuotas y la afiliación de oficio en su cuenta de cotización de un considerable número de trabajadores, que antes de todo esto, no lo eran. Suyos, quiero decir.

La cosa es que la sentencia tiene otras 44 páginas y afortunadamente, resultó favorable a los intereses de mi cliente. Y en eso estaba, cuando me ha venido a la cabeza, más que nada por el agobio de tener que hacer esta impugnación con escrupuloso cumplimiento de los 5 días de plazo, que la sentencia tardó nada más y nada menos que 2 años y nueve meses en salir. Y la verdad es que por mucho que se deba cumplir la ley, no parece que ésta sea muy razonable cuando a este modesto letrado le da sólo 5 días para impugnar algo que deriva de una sentencia que ha precisado todo este tiempo para su gestación.  Y conste que tampoco me parecen bien los 10 días para el recurrente.

En estos casos debería haber alguna posibilidad de disponer de un poco más de tiempo, digo yo. Que todos somos humanos y tenemos dos manos y un solo cerebro cada vez más averiado, por cierto.

Y me vais a perdonar, pero sigo con esto que ya voy por la página 19.

Feliz finde, a los que tengáis la suerte de poder disfrutarlo. Yo ya estoy en ello




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