- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentencia que las expulsiones inmediatas llevadas a cabo en Melilla violan el Convenio Europeo de los Derechos Humanos
- En concreto, los artículos que prohíben los retornos colectivos y obligan a garantizar el derecho de recurso efectivo de las personas devueltas
- La Corte condena a España por la devolución en caliente de los dos denunciantes, a los que debe abonar 5.000 euros a cada uno en concepto de indemnización
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