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El 21 de junio de 2022 el Congreso de la República mediante la Ley N° 31497, modificó e incorporó diversos artículos al Decreto Legislativo N° 1075 los que fueron aprobados como medidas complementarias para la aplicación de la Decisión N° 486 de la Comunidad Andina.

En tal sentido, las modificaciones realizadas a las disposiciones relacionadas al plazo de tramitación de los procedimientos administrativos antes señalados, son las siguientes:

  1. Renuncia de derechos sobre un registro: el plazo anterior era de 180 días hábiles, pero ahora el plazo máximo para este procedimiento es de 90 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud hasta la fecha de emisión de la resolución que resuelve la renuncia.
  2. Solicitud de medidas cautelares sobre registro de elementos de propiedad industrial: el plazo anterior era de 180 días hábiles, pero ahora el plazo máximo es de 15 días hábiles para conceder o rechazar la solicitud de medida cautelar y será contado desde la presentación de la solicitud o subsanación de omisiones.
  3. Visita inspectiva: el plazo anterior era de 180 días hábiles, pero ahora el plazo máximo para tramitarlas, en casos de infracción de derechos marcarios, es de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud o subsanación de la omisión (de ser el caso) hasta la fecha de emisión de la resolución que ordena la inspección.
  4. Renovación de registros: el plazo anterior era de 180 días hábiles, pero ahora el plazo máximo para los procedimientos de renovación de registro de marca es de 60 días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud.
  5. Inscripción de modificaciones a registros: el plazo anterior era de 180 días hábiles, pero ahora el plazo máximo de los procedimientos de modificación de registro es de 90 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud hasta la emisión de la resolución.

Asimismo, se modificó el artículo 118, referido a las diligencias de inspección a pedido de parte, precisando que esta deberá practicarse previa coordinación con el solicitante y para ello cuenta con un plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que ordena la inspección.

Finalmente, el 30 de octubre de 2022 el Indecopi, cumpliendo con lo antes dispuesto, aprobó la modificación de los cinco (5) procedimientos administrativos que entró en vigencia el 31 de octubre de 2022, gracias a ello se simplificará el registro, la renovación y la protección de las marcas, entre otros, y beneficiará a los ciudadanos, empresarios y/o emprendedores peruanos, quienes con ideas creativas e innovadoras continúan progresando y enfrentando los rezagos de la pandemia causada por el COVID-19.




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