Confirmado, la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida es renta exenta, así lo declara el Tribunal Supremo en el recurso de casación objetivo para la formación de jurisprudencia 4483/2017, resuelto en Sentencia del 3 de octubre de 2018, por el que se confirma el criterio del TSJ de Madrid en la Sentencia de 6 de julio de 2016.
LEER NOTICIA COMPLETA.
No hay comentarios.