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La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V0611-23, de 14 de marzo, analiza cómo ha podido verse alterado el ámbito de aplicación de las exenciones fiscales previstas en los artículos 7 y 9 de la Ley 2/1994, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, como consecuencia de la modificación normativa operada sobre dicha norma por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre. En concreto, determina si cabe seguir aplicando los citados beneficios fiscales a las operaciones de subrogación y novación de préstamos hipotecarios, cuando el deudor es una persona jurídica.



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