La DGT ha señalado en la consulta vinculante V5165-16, de 29 de noviembre, que la liberación de un “deudor de garantía” no tributa por el impuesto de donaciones.
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La DGT ha señalado en la consulta vinculante V5165-16, de 29 de noviembre, que la liberación de un “deudor de garantía” no tributa por el impuesto de donaciones.
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