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Una simple búsqueda en las redes sobre la compraventa de mascotas, como perros o gatos, nos devolverá miles de resultados. Existe un gran volumen de información al respecto, tanto de establecimientos oficiales como de particulares que desean hacer negocio con sus mascotas y sus crías.

Pero no todo vale al querer adquirir o vender una mascota, y hacerlo de forma irregular puede acarrearnos un sinfín de problemas, especialmente si se trata de una compraventa por Internet.  

Recientemente hemos conocido el caso de dos conocidos portales de compraventa online entre particulares a los que el Ayuntamiento de Barcelona ha abierto un expediente sancionador porque, tras haber incumplido la normativa vigente en materia de protección de animales, parece haber cumplido asimismo la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Es importante saber que, estrictamente, acciones como vender animales sin licencia, comerciar con ellos fuera de los puntos de venta autorizados o que los puntos de venta no cumplan los requisitos técnicos están sancionadas por las leyes autonómicas y municipales de protección de animales. Por lo tanto, solo se permite la venta en centros autorizados y registrados, con unas condiciones determinadas de habitabilidad.

Por su parte, en este caso reciente, teniendo en cuenta que desde Legálitas no hemos tenido acceso al expediente, parece que no sancionan estrictamente por normativa de protección de animales, sino que lo hacen en base a requerimientos de la administración para que cumpliera dicha normativa, sancionando por la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

El ayuntamiento requirió a dichas webs que retiraran los anuncios irregulares de venta de mascotas en base a que estaban incumpliendo normativa de protección de animales, pero ha decidido sancionarlas ya que, tras varios requerimientos, no han cesado en la actividad. 

Ambos portales deberán pagar ahora una multa de 150.000 euros, por haber cometido una infracción muy grave al no haber cesado dicha actividad tras varios avisos, si bien podía haber ascendido a un máximo de 600.000 euros que indica la ley.

¿Es legal la compraventa de mascotas entre particulares?

Por otro lado, se permite, en casi todas las normativas autonómicas la venta entre particulares siempre que sean transacciones particulares y se limiten a sus animales de compañía, no tenga ánimo de lucro y se garantice el bienestar del animal.

Con carácter general, tampoco se permiten donaciones de animales como premio o recompensa, exhibir animales en los escaparates ni venderlos a menores.

Venta de cachorros de perros y gatos

Por otro lado, en municipios como Barcelona, la normativa prohíbe expresamente la venta de perros y gatos de menos de ocho semanas de vida, ya que hasta esa edad no pueden separarse los cachorros de sus madres. Asimismo, los animales deberán estar esterilizados o entregados con prescripción actual de esterilización, salvo excepciones, y ser entregados con las condiciones adecuadas de seguridad, higiene y comodidad.

¿Qué hay de las especies exóticas invasoras?

Por su parte, los animales domésticos se pueden vender legalmente por Internet, siempre que el vendedor tenga la licencia para ello. En cuanto a las especies exóticas, solo los centros autorizados pueden comercializarlos, por mucho que se encuentren ofertas en las redes que afirmen lo contrario.

No obstante, como se siguen encontrando anuncios ilegales para este tipo de especies en Internet, sigue habiendo personas que las compran y después se arrepienten y las abandonan, pudiendo llegar a convertirse en especies invasoras.




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