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  • El fiscal pedía año y medio de cárcel por un delito de lesiones por imprudencia profesional grave
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El Juzgado de lo Penal número 2 de Alicante ha absuelto a cuatro médicos tras descartar una negligencia en el tratamiento a una paciente que fue sometida a una mastectomía.

Los cuatro facultativos, uno del Hospital Universitario San Juan de Alicante y tres del Hopital Quirón de Barcelona, donde la paciente ya había sido tratada de cáncer con anterioridad, se enfrentaban a una pena de dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de médico durante un año y seis meses por un delito de de lesiones por imprudencia profesional grave.

El Ministerio Público reclamaba también una indemnización para la paciente de 37.280 euros por lesiones y 45.000 euros por secuelas por entender que el patólogo erró en el diagnóstico; y los otros tres medicos de Barcelona, el oncólogo, el cirujano y la ginecóloga, que decidieron y practicaron la mastectomía, actuaron incorrectamente por no haber contrastado con otras pruebas el diagnóstico del primero.

El juez, sin embargo, considera que "existen dudas sobre el carácter erróneo del diagnóstico erróneo emitido por el patólogo" del hospital alicantino, cuya "única obligación" "era la de examinar las preparaciones citológicas y emitir un diagnóstico, que es lo que hizo. El deber de contrastar ese diagnóstico con otras pruebas podrá recaer en el clínico que tenga bajo su cuidado a la paciente o en quienes deciden la operación de mastectomía, no en el patólogo a quien lo único que se encomienda es el estudio de unas muestras".

El informe del patólogo sirvió, junto a otros pruebas, para que los facultativos del Hospital Quirón de Barcelona, que habían tratado años atrás a la paciente de un cáncer de pecho, decidieran intervenirla quirúrgicamente. Según la sentencia, "las dudas en un procedimiento penal deben obligatoriamente ser resueltas en favor del reo, lo que en este caso beneficia no solo al acusado", al patólogo, "sino también a quienes decidieron y ejecutaron la operación de cirugía", los otros tres médicos también acusados.

"La conducta de los acusados que ahora examinamos no vulnera el deber de cuidado -no excede del riesgo permitido- puesto que se adecuaba a los protocolos y criterios médicos seguidos en Cataluña y no consta que los acusados tuvieran ese conocimiento especial de la discrepancia con el protocolo de la Comunidad Valenciana. Así pues, aún en el supuesto de que, efectivamente la operación no fuera necesaria -cosa que queda como hemos dicho en la duda-, nos encontraríamos ante un resultado lesivo producido por los acusados pero que no les es objetivamente imputable", arguye el magistrado.




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